SAP Sevilla 576/2004, 27 de Octubre de 2004
ECLI | ES:APSE:2004:4004 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 576/2004 |
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA
SECCIÓN CUARTA
Rollo de Apelación nº 6657/04
Juzgado de Instrucción nº 3 de Sevilla
Juicio de Faltas nº 184/04
SENTENCIA Nº 576/04
En la ciudad de Sevilla, a 27 de octubre de 2004.
La Ilma. Sra. Doña Margarita Barros Sansinforiano, Magistrada de la Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de faltas núm. 184/04, seguidos en el Juzgado de Instrucción núm.3 de Utrera, venidos a este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por Rebeca , asistida por la Procuradora Isabel Navarro Frías, siendo parte en esta alzada el Ministerio Fiscal.
ANTECEDENTES PROCESALES
Con fecha 07/05/04, el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Instrucción nº 3 de Utrera dictó sentencia en el referido juicio de faltas declarando probados los siguientes hechos:
,HECHOS PROBADOS: Probado y así se declara que el día 13/03/04, se inició una discusión entre Franco y Rebeca , en el transcurso de la cual Rebeca se dirigió a Franco con expresiones tales como: ,camorrista".
La parte dispositiva de dicha sentencia es del siguiente tenor literal:
,FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Rebeca , como autor penalmente responsable de una falta de injurias ya definida, a la pena de 10 días de multa, a razón de 2 Euros diarios, lo que da un total de 20 euros de multa, y con la responsabilidad personal subsidiaria que se mencionan en el fundamento jurídico tercero de esta resolución; así como al abono de las costas procesales."
Notificada la sentencia a las partes, la representación procesal de Rebeca interpuso recurso de apelación, contra la sentencia dictada. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado al resto de partes.
Evacuados los trámites de alegaciones se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, designado ponente, correspondió el conocimiento de la causa a la Magistrada que suscribe.
HECHOS PROBADOS
Se modifican los hechos probados de la sentencia recurrida que quedan redactados como sigue:
El 13/03/04 sobre las 13 horas, en Utrera, se produjo una discusión verbal entre el denunciante Franco y Rebeca .
Alega la recurrente que se ha producido error en la valoración de las pruebas practicadas, pues aduce que en ningún momento dirigió expresiones insultantes al denunciante, añadiendo que, en cualquier caso, la expresión contenida en los hechos...
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