SAP Murcia 44/2007, 20 de Abril de 2007

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2007:1092
Número de Recurso507/2006
Número de Resolución44/2007
Fecha de Resolución20 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00044/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 507/06

SECCIÓN SEGUNDA J. Molina Tres

MURCIA J.Faltas 347/04

S E N T E N C I A nº 44/07

En Murcia, a veinte de abril de dos mil siete.

Visto por la Ilma. Sra. Magistrado Doña María Jover Carrión al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial el presente Rollo de apelación nº 507/06, dimanante de los autos de JUICIO DE FALTAS nº 347/04; procedentes del Juzgado de Instrucción de Molina Tres, en el que han intervenido en calidad de apelante Melisa y Zurich España, representados y defendidos por el Letrado Don Francisco Javier Murcia Conesa, y como apelado Juan Carlos, representado y defendido por el Letrado Don Eduardo López Pérez.

  1. A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de Juicio de Faltas en el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia con fecha 1 de Junio de 2005 de mayo de 2005, cuyos hechos probados establecen: "Que el pasado día 17 de febrero de 2004, circulaba Juan Carlos, con el vehículo Nissan Terrano matrícula VE-....-VY por el casco urbano de Ceutí, cuando fue colisionado por el vehículo Kia, matricula DA-....-MD, conducido por Melisa, asegurado en la Cía. Zurich con nº de póliza NUM000, el cual no respectó la señal de ceda el paso que le vinculaba.

A consecuencia de dicha colisión resultó lesionado Juan Carlos tardando en curar 333 días todos ellos impeditivos y estando hospitalizado 30 días, quedándole como secuelas material de osteosintesis en la columna vertebral que se valora en 10 puntos, acuñamiento de D12 del 50% que se valora en 10 puntos, artrodesis de columna con limitación de la movilidad dorso lumbar valorada en 20 puntos, algia postraumática valorada en 5 puntos y una cicatriz quirurgica de 27 cm. en la región dorsolumbar."

SEGUNDO

El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: " Que debo condenar y condeno a Melisa en concepto de autor penal y civilmente responsable de una falta de lesiones cometidas por imprudencia leve prevista y penada en el artículo 621.3 del Código Penal, a la pena de 15 días multa, a razón de una cuota diaria de 3 €, a la vista de los medios de vida con los que cuentan (quedando sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas), y al pago de las costas que se hayan causado.

Y a que indemnice, con la responsabilidad civil directa de la Cía. de Seguros Zurich a Juan Carlos en la cantidad 158.949,21€.

Dichas cantidades devengarán, desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago, el interés fijado en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo para la Cía. de seguros que responderá, exclusivamente, del interés anual, sobre dichas cantidades, igual al interés legal del dinero incrementado en un 50%, a contar, desde la fecha del siniestro por haber incurrido en mora dicha compañía.

Transcurridos dos años desde la producción del siniestro el interés anual no podrá ser inferior al 20%. Será término inicial del cómputo de ambos intereses la fecha del siniestro.

Los citados intereses, el del art. 576 de la L.E.C. y el fijado por mora, no son acumulables."; dictándose Auto aclaratorio el 19 de enero de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Aclarar la sentencia de 1 de junio de 2005 en los términos reflejado en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución de modo que la cantidad a indemnizar en concepto de secuelas con el factor de corrección ya incluido asciende a la suma de 90.693,35 €.

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Melisa y Zurich España, que fue admitido en ambos efectos; y, tras el trámite de impugnación, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de...

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