SAP Murcia 7/2007, 24 de Enero de 2007
Ponente | MARIA JOVER CARRION |
ECLI | ES:APMU:2007:226 |
Número de Recurso | 22/2007 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 7/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
MURCIA
SENTENCIA: 00007/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 22/07 - M.JO.
SECCION SEGUNDA Instrucción 4 Murcia
MURCIA J. Faltas 435/05
S E N T E N C I A nº 7 / 0 7
En Murcia, a veinticuatro de enero de dos mil siete.
Visto por la Ilma. Sra. Magistrado Doña María Jover Carrión al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial el presente Rollo de apelación nº 22/07, dimanante de los autos de JUICIO DE FALTAS nº 435/05; procedentes del Juzgado de Instrucción de Murcia Cuatro, en el que han intervenido en calidad de apelante Ariadna, representada y defendida por la Letrado Sra. Sánchez Cortés.
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A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de Juicio de Faltas en el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia con fecha 6 de mayo de 2005, cuyos hechos probados establecen: "Sobre las 20 horas del 29/04/05, en el portal del edificio donde viven, CALLE000, NUM000 de Murcia, Ariadna y Marta se enzarzaron en una pelea, causándose mutuamente lesiones que sólo precisaron la primera asistencia facultativa.".
El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que condeno a Ariadna y Marta, como autoras de una falta del art. 617.1 del Código Penal, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de tres euros, lo que hace un total de 90 euros para cada una. Las condenadas deberán abonar esta cantidad de una sola vez, con un día de arresto, en caso de impago o insolvencia, por cada dos cuotas impagadas. Todo ello con expresa imposición de costas si las hubiere por mitad.
Las indemnizaciones se declaran compensadas.",
Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Ariadna, que fue admitido en ambos efectos; y, tras el trámite de impugnación, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de conocer de dicho recurso; quedando los autos para dictar sentencia.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
"Se dan por reproducidos los hechos declarados probados en la sentencia recurrida, que expresamente se aceptan".
Frente a la sentencia condenatoria de Ariadna interpone la misma recurso de apelación solicitando...
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