SAP Murcia 9/2008, 3 de Enero de 2008

PonenteALVARO CASTAÑO PENALVA
ECLIES:APMU:2008:42
Número de Recurso569/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución9/2008
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00009/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf :968-229183

Fax :968-229184

Modelo : 00120

N.I.G. : 30030 37 2 2007 0102552

ROLLO : APELACION JUICIO DE FALTAS 0000569 /2007

Juzgado procedencia :JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de CIEZA

Procedimiento de origen :JUICIO DE FALTAS 0000483 /2006

RECURRENTE : Luis Carlos

Procurador/a :

Letrado/a :JOSE MOLINA LAVEDA

RECURRIDO/A :

Procurador/a :

Letrado/a :

SENTENCIA

NÚM. 9/08

En la Ciudad de Murcia, a tres de enero de dos mil ocho.

El Ilmo. D. Álvaro Castaño Penalva, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 569/07, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Tres de Cieza, en procedimiento de Juicio de Faltas número 483/06, seguido por dos faltas de lesiones y una de daños, en el que han sido partes, como denunciante-denunciado y ahora apelante Luis Carlos, asistido por el Letrado D. José Molina Laveda; como denunciante-denunciada Camila, y como acusación pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de marzo de 2.007 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 483/06, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "Primero y Único.- Resulta probado y así se declara que el día 31 de marzo de 2.006, sobre las 22,30 horas, se produjo una discusión entre Camila y Luis Carlos en la localidad de Blanca, con motivo de la circulación ya que ambas personas conducían sus respectivos vehículos. Que en el transcurso de la discusión, ambos se golpearon mutuamente, causándose las lesiones que constan en los informes forenses que obran en autos: Que igualmente, Luis Carlos ocasionó daños en el vehículo de Camila tras golpear intencionadamente el mismo."

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Camila como autora criminalmente responsable de una falta de lesiones a la pena de multa de un mes a razón de 5 euros la cuota diaria, con una responsabilidad personal subsidiaria de 15 días de privación de libertad, y a que indemnice a Luis Carlos en la cantidad de 25 euros por cada uno de los 7 días que tardó en curar de las lesiones ocasionadas, y al pago de la mitad las costas procesales.

Que debo condenar a Luis Carlos como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones a la pena de multa de un mes a razón de 5 euros la cuota diaria, con una responsabilidad personal subsidiaria de 15 días de privación de libertad, y a que indemnice a Camila en la cantidad de 25 euros por cada unos de los 6 días no impeditivos y 50 euros por el día impeditivo en que tardó en curar de sus lesiones.

Igualmente le condeno como autor criminalmente responsable de una falta de daños a la pena de 10 días de multa a razón de 5 euros la cuota diaria con una responsabilidad personal subsidiaria de 5 días de privación de libertad, y a que indemnice a Camila en la cantidad que resulte en ejecución de sentencia, y al pago de la mitad de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por Luis Carlos se interpuso recurso de apelación del que se dio traslado a la parte contraria, que nada alegó, y al Ministerio Fiscal, que se opuso. Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

ÚNICO.- Se acepta y se da por reproducida la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la...

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