SAP Valladolid 30/2004, 30 de Enero de 2004

PonenteFERNANDO PIZARRO GARCIA
ECLIES:APVA:2004:134
Número de Recurso618/2003
Número de Resolución30/2004
Fecha de Resolución30 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

D. FELICIANO TREBOLLE FERNÁNDEZD. FERNANDO PIZARRO GARCÍAD. MIGUEL ÁNGEL DE LA TORRE APARICIO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00030/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

Sección nº 002

Rollo: 0000618 /2003

Organo de Procedencia: JUZGADO DE MENORES N. 1 de VALLADOLID

Proc.Origen:Proc. Juzgado Menores 0000135 /2003

SENTENCIA Nº 30/2004

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. FELICIANO TREBOLLE FERNÁNDEZ

D. FERNANDO PIZARRO GARCÍA

D. MIGUEL ÁNGEL DE LA TORRE APARICIO

En VALLADOLID, a treinta de enero de dos mil cuatro.

La Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente Expediente de Menores, dimanante del Juzgado de Menores de Valladolid,por falta de lesiones, seguido contra el menor Ignacio , defendido por el Letrado D. JESÚS RODRIGUEZ MERINO, siendo partes, como apelante, el referido Ignacio , y, como apelado, el Ministerio Fiscal, habiendo sido Ponente el Magistrado D. FERNANDO PIZARRO GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. El Juez de Menores de Valladolid, con fecha 27 de octubre de 2003 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos:

"Primero.- El día 27 de abril del presente año 2003, sobre las 0,00 horas, en la discoteca "Bagur" que se encuentra en la calle Pasión de esta ciudad de Valladolid, discuten, por razones derivadas de enfrentamientos anteriores, el menor Gonzalo y el expedientado, Ignacio , retándose, uno y otro, o ambos, a salir a la calle, cosa que hacen y, cuando llegan a la altura de la plaza Santa Ana, continúan la discusión verbal y, pasando de las palabras a los hechos, Ignacio , sin que se haya probado que respondía a una previa agresión, propinó a Gonzalo varios puñetazos en la cara tirándolo al suelo. A consecuencia de la agresión sufrida, Gonzalo sufrió dolor a la palpación en esternocleidomastoideo izquierdo, erosión en parte interna del brazo y hematoma en región malar, de las que tardó en curar 7 días tras recibir primera asistencia, permaneciendo uno incapacitado y quedándole como secuelas una cicatriz lineal de 3 cmts. Oscura en cara interna del tercio próximos del antebrazo, que se considera perjuicio estético ligero. Así mismo, Gonzalo sufrió la rotura del reloj y el teléfono móvil, habiéndole sido reparado dicho reloj por el propio acusado. El teléfono móvil ha sido tasado en la cantidad de 105,60 euros. El Hospital Clínico Universitario de Valladolid ha girado gastos de asistencia médica prestada a Gonzalo por importe de 79,40 euros.

Segundo

Ignacio , que tiene 17 años cuando comete los hechos enjuiciados, ha sido sancionado por este Juzgado en elexpediente núm. 186/03 a una medida de Permanencia en Domicilio como autor de una infracción de lesiones. El menor convive en un núcleo familiar integrado por los padres y él como hijo único, que ejerce adecuadamente las funciones derivadas de lapatria potestad atendiendo sus necesidades materiales y supervisando su comportamiento. En el ámbito escolar, Ignacio no concluyó el Bachillerato abandonando los estudios cuando cursaba 1º de E.S.O. sin obtener la titulación académica básica, poniéndose a trabajar al alcanzar los 16 años, ejerciendo actividades de aprendiz con contratos temporales. No se describen conductas antisociales ni hábitos marginales, presentando un desenvolvimiento acorde con su edad y ocupaciones laborales. No admite responsabilidad alguna...

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