AAP Madrid 304/2003, 14 de Julio de 2003

ECLIES:APM:2003:8579
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución304/2003
Fecha de Resolución14 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION: 17ª

APELACION NUMERO/AÑO: 73/03

PROCEDIMIENTO

: JUICIO DE FALTAS

NUMERO/AÑO

: 1275/02

JUZGADO DE INSTRUCCION

LOCALIDAD/NUMERO

: MADRID 43

MAGISTRADA: Ilustrísima Señora:

Doña Manuela Carmena Castrillo.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de

referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 304/03

En la Villa de Madrid, a catorce de julio de dos mil tres.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, la Ilustrísima Señora Magistrada Doña Manuela Carmena Castrillo, ha visto el recurso de apelación interpuesto por María Cristina , Erica y Rebeca , contra la sentencia dictada, con fecha trece de noviembre de dos mil dos, en juicio de faltas número 1275/02, del Juzgado de Instrucción nº 43 de los de Madrid. Intervino como parte apelada, Celestina .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Con fecha trece de noviembre de dos mil dos, se dictó sentencia en juicio de faltas número 1275/02, del Juzgado de Instrucción nº 43 de los de Madrid .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

Que con fecha 14 de septiembre de 2002, María Cristina , Rebeca y Erica , presentaron escrito de denuncia por tres presuntas faltas de vejaciones, contra Celestina denunciando en síntesis que la Sra. Celestina " a consecuencia del elevado volumen con el que escucha la radio o la televisión durante las horas en las que permanece en su caso lo que ocasiona molestias a las denunciantes que viven una en el apartamento superior y dos en el inferior de la denunciada."

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

Que debo absolver y absuelvo a D. Celestina de la falta de vejaciones denunciada, declarando de oficio las costas procesales.

Segundo

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por María Cristina , Erica y Rebeca .

Tercero

Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.

H E C H O S P R O B A D O S

Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Plantea la parte apelante toda una serie de consideraciones que no tienen realmente peso en...

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