SAP Guipúzcoa 280/2004, 16 de Diciembre de 2004

PonenteJUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL
ECLIES:APSS:2004:1305
Número de Recurso3217/2004
Número de Resolución280/2004
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 3ª

SENT

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA GIPUZKOAKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 3ª

TERESA DE CALCUTA-ATOTXA-JUST. JAUREGIA 3 3ª planta- C.P. 20007 Tfno.: 943-000713

Fax: 943 00 07 01

N.I.G. 20.05.2-03/002509

R.apelación L2 3217/04

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 2 (Donostia)

Autos de Filiación L2 175/03

|

|

|

|

Recurrente: María Cristina

Procurador/a: INES PEREZ-ARREGUI DE CODES Abogado/a: ESPERANZA GARCIANDIA MUGICA

Recurrido: Juan y MINISTERIO FISCAL .

Procurador/a: ISABEL NATALIA CACHO ECHEVERRIA y - - Abogado/a: IÑIGO LAREQUI ARCOS y - - .SENTENCIA Nº

ILMOS. SRES.

D/Dña. JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL

D/Dña. BEGOÑA ARGAL LARA

D/Dña. MONICA SANCHEZ SANCHEZ

En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a dieciseis de diciembre de dos mil cuatro.

La Iltma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Filiación L2 175/03, seguidos en el Jdo. 1ª Instancia nº 2 (Donostia ) a instancia de María Cristina apelante - DEMANDADA, representado por el Procurador Sr./Sra. INES PEREZ-ARREGUI DE CODES y defendido por el Letrado Sr./Sra. ESPERANZA GARCIANDIA MUGICA contra D./Dña. Juan y MINISTERIO FISCAL . apelado - DEMANDANTE , representado por el Procurador Sr./Sra. ISABEL NATALIA CACHO ECHEVERRIA y defendido por el Letrado Sr./Sra. IÑIGO LAREQUI ARCOS ; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra SENTENCIA dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 10 DE MAYO DE 2004 . ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de San Sebastian, se dictó sentencia con fecha 10 de mayo de 2004 , que contiene el siguiente FALLO: "Que, con estimación íntegra de la demanda formulada por D. Juan contra Dª María Cristina , en nombre propio y como representante legal del menor Miguel , debo declarar y DECLARO la filiación paterna no matrimonial del actor respecto al menor, debiéndose practicar la correspondiente inscripción en el Registro Civil de tal forma que tras el nombre deberá figurar el primer apellido del padre, y en los demás Registros Públicos que proceda.".

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpueso recurso de apelación contra ella, que fué admitido y previa la formulación por las partes de los oportunos escritos de alegaciones, se elevaron los autos a este Tribunal, dictandose resolución señalando dia para la deliberación y votacion.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales. VISTO.- Siendo Ponente en esta instancia la Iltma. Sra. Magistrado Dª. JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los siguientes y;

PRIMERO

En el recurso de apelación formulado por Dª María Cristina se solicita la práctica de la prueba biológica, a las que se había negado en primera instancia, en aras a la garantía y defensa de los derechos de su hijo, considerando que lo mejor sera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR