SAP Murcia 393/2004, 23 de Diciembre de 2004
Ponente | JAIME GIMENEZ LLAMAS |
ECLI | ES:APMU:2004:2718 |
Número de Recurso | 403/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 393/2004 |
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚM. 393/2.004
Ilmos. Sres.
D. Francisco J. Carrillo Vinader
Presidente
D. Álvaro Castaño Penalva
D. Jaime Giménez Llamas
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a veintitrés de diciembre del año dos mil cuatro.
Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Impugnación de filiación, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Nueve de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 622/04 , Rollo nº 403/04, en los que figura como demandante don Domingo , representado por la Procuradora Sra. Martínez Méndez y defendido por el Letrado Sr. Cegarra Alemán, y como demandada doña Eva , representada por el Procurador Sra. Miras López; así como el Ministerio Público; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, a la que se adhirió el actor, contra la sentencia de fecha 8/07/04 , dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Jaime Giménez Llamas, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que debo desestimar y desestimo la demanda origen de este proceso. Sin especial imposición de costas.".
Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandada recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable.
La parte demandante, se adhirió al recurso de apelación y el Ministerio Fiscal, se opuso al mismo, solicitando la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 403/04 de Rollo. Tras personarse el apelante, por providencia del día diez de diciembre de 2.00u, se señaló el día 14/12/04, para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.
Por el Ministerio Fiscal, se solicitó la confirmación de la sentencia recurridaTercero.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La parte apelante, con la adhesión de la apelada, pretende que se revoque la sentencia dictada en primera instancia, en la que se desestima la demanda en que se ejercitaba la acción de impugnación de filiación por el Sr. Domingo , solicitando, en suma, que se declarase la nulidad del reconocimiento de paternidad, respecto de su hija Ana María . Como fundamento de tal pretensión, alega la recurrente que el reconocimiento tuvo lugar cuando nació la hija de la Sra. Eva , fruto de otra relación y pensando que la convivencia entre ambos iba a ser duradera, reconoció a la niña Ana María , en el Registro Civil de Molina de Segura, a la que se impusieron los apellidos de los padres.
Asimismo argumenta que, la posición tomada por el Juez "a quo", no es la aceptada por la mayoría de la doctrina legal ni científica y que, en todo caso, debe prevalecer la realidad de los hechos, ya que el Sr. Domingo , no es el padre biológico de la menor y no ha tenido una relación de estado con la misma.
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