SAP Burgos 388/2002, 28 de Junio de 2002

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Burgos, seccion 3 (civil)
Fecha28 Junio 2002
Número de resolución388/2002

SENTENCIA Nº 388

En Burgos, a veintiocho de Junio de dos mil dos.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el rollo de Sala núm. 260/2002, dimanante de Juicio Verbal núm. 240/2001, del Juzgado de Primera Instancia de Briviesca (Burgos), en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 22 de diciembre de 2001, sobre acción de recobrar la posesión de fincas rústicas, en el que han sido partes, como demandante-apelante, DON Carina

, mayor de edad, vecino de Berzosa de Bureba (Burgos), defendido por el Abogado don José María Ortíz Martínez; y, como demandado- apelado, DON Cristobal , mayor de edad, vecino de Briviesca, defendido por el Abogado don Fernando Cidad Murillo. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Teodoro Moreno Gutiérrez en nombre y representación de D. Carina debo absolver y absuelvo a D. Cristobal . Todo ello con imposición de las costas procesales causadas a la parte actora".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación del demandante, don Carina , se presento escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución apelada, presentó escrito de oposición al recurso, que consta unido a las actuaciones, dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día veinticinco de Junio de dos mil dos, en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se promueve por D. Carina demanda pretendiendo la tutela sumaria de la tenencia o de la posesión de las fincas rústicas que se describen en el hecho primero del escrito rector la...

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