SAP Cádiz 109/2005, 13 de Septiembre de 2005

PonenteCARLOS ERCILLA LABARTA
ECLIES:APCA:2005:968
Número de Recurso113/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución109/2005
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

CARLOS ERCILLA LABARTAANGEL LUIS SANABRIA PAREJORAMON ROMERO NAVARRO

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S E N T E N C I A nº: 109/05

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

D. RAMON ROMERO NAVARRO

JUZGADO: Puerto real nº 1

Juicio Verbal nº 290/04

Rollo Apelación Civil nº: 113

Año: 2.005

En la ciudad de Cádiz a día 13 de septiembre de 2005.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio Verbal, en el que figura como parte apelante SERVICE CORPORATION INTERNACIONAL SPAIN, S.L. , y parte apelada CEMENTERIO MANCOMUNADO BAHIA DE CADIZ, S.A.; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de PUERTO REAL, se dictó sentencia cuyo fallo literalmente transcrito dice: " Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por D. LUIS HORTELANO CASTRO, en nombre y representación de SERVICE CORPORATION INTERNATIONAL SPAIN, S.L. levanto la suspensión de la obra de modernización de las instalaciones dentro del Cementerio Mancomunado de San Roque en Puerto Real, consistentes en la realización de una zanja que separa el cementerio de la parcela del actor y un agujero realizado en dicha parcela para la instalación de un tubo subterráneo de electricididad en alta, acordada mediante auto de 27 de julio de 2004 y ejecutada mediante acta de 31 de julio de 2004, todo con imposición de costas a la actora. Quede a salvo lo acordado de lo que resulta en el procedimiento declarativo que corresponda.

    Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal del mismo en las actuaciones.

    Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo de las presentes actuaciones, previa las anotaciones correspondientes en los libros de este Juzgado."

  2. - Contra la antedicha sentencia por la representación de SERVICE CORPORATION INTERNACIONAL SPAIN, S.L.se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dándose traslado del referido escrito de apelación a la parte contraria por término legal para que pudiera formular escrito de oposición o impugnación, el cual una vez presentado fue unido a autos.

  3. - Recibidos los autos en esta Sala, se...

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