SAP Madrid 527/2008, 7 de Mayo de 2008
Ponente | MARIA DEL ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ |
ECLI | ES:APM:2008:7321 |
Número de Recurso | 219/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 527/2008 |
Fecha de Resolución | 7 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24
MADRID
SENTENCIA: 00527/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 24ª
Rollo nº: 219/08
Autos nº: 1502/02
Procedencia Juzgado 1ª Instancia nº 25 de Madrid
Apelante: Dª Leonor
Procurador: D. JAVIER LORENTE ZURDO
Apelado: D. Eloy
Procurador: D. ALFREDO GIL ALEGRE
Ponente: Ilma. Sra. Dª. ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
S E N T E N C I A Nº 527
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González
Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco
Ilma. Sra. Dª. ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
EN MADRID, A SIETE DE MAYO DE DOS MIL OCHO.
Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Liquidación
de Sociedad de Gananciales número 1502/02 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia número 25 de Madrid.
De una, como apelante, D Dª Leonor representado por el Procurador D. JAVIER LORENTE
ZURDO,
Y de otra, como parte apelada D. Eloy representado por el Procurador D. ALFREDO GIL
ALEGRE.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. ROSARIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.
-
ANTECEDENTES DE HECHO
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Que en fecha de treinta de julio de dos mil siete, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que declaro que la sociedad conyugal en su día formada por Dª Leonor y la madre de D. Eloy está integrada por las siguientes partidas:
ACTIVO:
-
- Vivienda sita en la calle DIRECCION000 número NUM000,NUM001 NUM002, Urbanización DIRECCION001 (Parla), inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Parla, finca número NUM003, Sección NUM004.
-
- Vivienda sita en la calle DIRECCION002 número NUM005, NUM001 de Madrid, inscrita en el Registro de la Propiedad número 12 de Madrid, finca número NUM006, sección NUM007.
-
- Crédito a favor de la sociedad de gananciales por el valor de la vivienda edificada sobre terreno privativo de Dª Leonor, sita en la calle DIRECCION003 número NUM007 de Valdemaqueda, Madrid, con referencia catastral NUM008, salvo el coste de los materiales empleados que existían en la anterior vivienda.
-
- Saldo existente a la fecha de la separación (29 de julio del 2003) del fondo de pensiones contratado por D. Eloy con MAPFRE en el año 2002, fondo número NUM009.
-
- Saldo existente en el momento de la separación de la cuenta bancaria NUM010 de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.
-
- 50% del saldo existente a la fecha de la separación de la cuenta bancaria NUM011 del Banco Español de Crédito.
-
- Valor en el momento de la separación del vehículo Citroen Xsara con matrícula G-....-GZ.
-
- Saldo existente en el momento de la separación en la cuenta bancaria del BSCH, sucursal número NUM014, cuenta número NUM012.
NUM013.- Rentas percibidas exclusivamente por D. Eloy correspondientes al arrendamiento de la vivienda sita en la DIRECCION000 número NUM000 (primera partida del activo).
PASIVO:
-
- Deuda a favor de Dª Leonor y a cargo de la sociedad de gananciales por los recibos del IBI y cuotas extraordinarias de la comunidad de propietarios desde la separación.
No procede hacer especial imposición de las costas".
Que igualmente, en fecha diecisiete de septiembre de dos mil siete, por ese mismo Juzgado de dictó auto aclaratorio cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:" PARTE DISPOSITIVA: SE RECTIFICA el error material de la sentencia dictada por este Juzgado de fecha 30 de julio de 2007 en el sentido siguiente: Donde dice: Vivienda sita en la DIRECCION002 número NUM005,NUM001 NUM016 de Madrid, inscrita en el Registro de la Propiedad número 12 de Madrid, finca número NUM006, sección NUM007. Debe decir: Vivienda sita en la DIRECCION002 número NUM005, NUM001 de Madrid, finca número NUM006, sección NUM007.".
Notificada la mencionada sentencia a las partes, contra la misma se interpuso Recurso de Apelación por la representación de Dª Leonor mediante escrito de fecha dieciséis de octubre de dos mil siete, en base a las alegaciones contenidas en el mismo, cuyo contenido se da por reproducido en aras a la brevedad procesal.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.
La demandada en proceso de formación de inventario de la sociedad legal de gananciales que conformaron los litigantes, interpone recurso de apelación frente a la sentencia de fecha 30 de julio de 2.007, por la que se incluye en la partida nº NUM002 del activo, a favor de dicha sociedad como crédito a cargo de la recurrente, el valor de la vivienda edificada sobre terreno privativo de Dª Leonor, sita en la DIRECCION003 nº NUM007, de Valdemaqueda, Madrid, con referencia catastral NUM008, salvo el coste de los materiales empleados que existían en la anterior vivienda.
Excluye además, del activo del inventario, las cantidades detraídas por Dº Eloy del plan de pensiones número de póliza NUM015, cancelado en el año 2.002, al no quedar acreditada la adquisición exclusiva por el recurrido.
Solicita la representación procesal de Dª Leonor, que la partida nº NUM002 del activo del inventario, quede compuesta por el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP A Coruña 170/2022, 19 de Mayo de 2022
...6ª 19/9/06 EDJ 2006/313156; Valencia sec. 9ª, 15/7/2000 EDJ 2000/28395). En idéntico sentido se pronuncia la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 7 de mayo de 2008 señalando el carácter privativo de los planes que vienen definidos como el derecho de las personas a cuyo favor s......
-
SAP Soria 150/2009, 11 de Septiembre de 2009
...que se hicieran durante la vigencia de la sociedad de gananciales y con cargo a ella. Así, citaremos la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 7 de mayo de 2008 , que establece: "En primer lugar, por lo que respecta a la naturaleza de los planes de pensiones, reiteradamente ha ve......
-
SAP Toledo 206/2009, 30 de Junio de 2009
...; Coruña sec. 6ª 19/9/06 EDJ 2006/313156 ; Valencia sec. 9ª, 15/7/2000 EDJ 2000/28395 ). En idéntico sentido se pronuncia la SAP de Madrid de 7 de mayo de 2008 señalando el carácter privativo de los planes que vienen definidos como el derecho de las personas a cuyo favor se constituyen a pe......
-
SAP Valencia 214/2011, 8 de Abril de 2011
...privativa de los planes de pensiones pero, como certeramente pone de manifiesto la sentencia citada por el recurrente de la SAP Madrid, de 7 de mayo de 2008 -sentencia dictada en procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales-, ello no prejuzga el carácter de las aportaciones Final......