SAP Jaén 154/2000, 28 de Marzo de 2000

PonenteENRIQUE DEL CASTILLO RODRIGUEZ-ACOSTA
ECLIES:APJ:2000:590
Número de Recurso105/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución154/2000
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 154

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. Elena Arias Salgado Robsy

D. Enrique del Castillo Rodríguez Acosta

En la Ciudad de Jaén, a Veintiocho de Marzo de dos mil.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de JUICIO DE MENOR CUANTÍA seguidos en primera instancia con el nº 256 del año 1.998, por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén , rollo de apelación de esta Audiencia nº 105 del año 1.999, a instancia de Dª. Carmen , representado ante este Tribunal, como apelada, por la Procuradora Dª. Marina Esther de Ruz Ortega y defendido por la Letrada Dª. Vicaela Valdivia Poyato, contra D. Salvador , representado ante el Tribunal, como apelante por la Procuradora Da Oliva Moral Carazo y defendido por el Letrado D. Luis Piñar Larrubia.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén, con fecha 12 de enero de 1.999 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: " Que estimando parcialmente la demanda presentada debo de declarar y declaro que el activo de la sociedad de gananciales de los litigantes a los efectos de liquidación estará formado: Por el valor al día 15 de Enero de 1998 del Opel Corsa D- ....-D , el mobiliario y ajuar doméstico con exclusión de los bienes reseñados como privativos de la actora en el fundamento jurídico 3º de esta resolución los cuales deberán ser entregados a la misma. En el pasivo de la sociedad de gananciales deben incluirse las 56.519 pts adeudadas a la Seguridad Social. - La liquidación y adjudicación de bienes se realizará en ejecución de sentencia. - Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por la representación del demandado, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos ante este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrará el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vistael día 20 de marzo de 2.000, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con su petición, con imposición de costas a la otra parte, y por el...

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