SAP Albacete 78/2006, 6 de Junio de 2006

PonenteMANUEL MATEOS RODRIGUEZ
ECLIES:APAB:2006:518
Número de Recurso116/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución78/2006
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 78

EN NOMBRE DE S.M.EL REY

Ilmos.Sres.

Presidente

  1. Eduardo Salinas Verdeguer

    Magistrados

  2. José García Bleda

  3. Manuel Mateos Rodríguez

    En Albacete a seis de junio de dos mil seis.

    VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 584/05 de juicio de Liquidación de Sociedad de Gananciales seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Albacete y promovidos por María Dolores contra Jose Francisco ; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 30 de enero de 2.006 por la Iltma. Sra. Magistrada-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado , interpuso el referido demandado. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 19 de mayo de 2.006.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que procede aprobar el inventario de la comunidad matrimonial de gananciales constituida entre los cónyuges DON Jose Francisco y DOÑA María Dolores tal y como se especifica a continuación: ACTIVO.- A) BIENES GANANCIALES EXISTENTES EN EL MOMENTO DE LA DISOLUCION DE LA SOCIEDAD: 1º METÁLICO:1º.- Saldo en cuenta 0049 2307 2094193363 de la entidad BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO titularidad de D. María Dolores . - 2º.- Saldo en cuenta 1311358290 de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO. - 3º.- Saldo en cuenta 17915718884 en BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO.- 4º.- Saldo en cuenta 0140000208 de CAJA CASTILLA LA MANCHA. - 5º.- Saldo en cuenta 0142005783 de CAJA CASTILLA LA MANCHA. - 6º.- Saldo en cuenta 0142004422 de CAJA CASTILLA LA MANCHA. - 7º.- Saldo en cuenta 0142006575 de CAJA CASTILLA LA MANCHA. - 8º.- Saldo en cuenta 0142003721 de CAJA CASTILLA LA MANCHA. - 9º.- Saldo en cuenta 0100211632 de BANCO ATLÁNTICO. - 9º.- Saldo en cuenta 3290049246 de CAJA MURCIA. - 10º.- Saldo en cuenta 0858142273 de BANESTO. - 11º.- Saldo en cuenta 3100015835 de BANCAJA. - 12º.- Saldo en cuenta 1006627028 de CAJA RURAL. - 13º.- Metálico que exista en caja fuerte del domicilio que había sido el conyugal.- 2º INMUEBLES: - Vivienda sita en Albacete, en AVENIDA000 NUM000 , NUM001 NUM002 , con una superficie construida de 220 metros cuadrados. Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Albacete nº NUM001 al Tomo NUM003 , Libro NUM004 , folio NUM005 , finca NUM006 . - Plaza de Garaje sita en Albacete en AVENIDA000 NUM000 , planta sótano, puerta NUM007 . Con una superficie de 25 metros, 86 decímetros cuadrados. Consta inscrita en el Registro de la Propiedad n 3 de Albacete, al Tomo NUM003 , Libro NUM004 , folio NUM008 , finca NUM009 .- Plaza de Garaje sita en Albacete en AVENIDA000 NUM000 , planta NUM010 , puerta NUM011 . Con una superficie de 25 metros, 35 decímetros cuadrados. Consta inscrita en el Registro de la Propiedad n 3 de Albacete, al tomo NUM003 , Libro NUM004 , folio NUM012 , finca NUM013 .- Plaza de Garaje sita en Albacete en AVENIDA000 NUM000 , planta NUM010 , no consta inscrita.- Local comercial sito en Albacete, CALLE000 , nº NUM000 , planta NUM014 , puerta izquierda. Tiene una superficie construida de 67 metros cuadrados. Consta Inscrito en el Registro de la Propiedad nº 1 de Albacete al Tomo NUM015 , Folio NUM016 , libro NUM017 .- 3º BIENES INMUEBLES. - Mobiliario y ajuar doméstico existente en vivienda familiar. En la misma se incluye enseres personales de D. Jose Francisco no retirados. Asimismo debe incluirse joyas, objeto de valor y documentación existente en caja fuerte de la misma.- 4º DERECHOS Y ACCIONES: - Derecho a recibir 600 metros cuadrados de construcción (160 metros cuadrados de local comercial, ocho plazas de garaje y resto en varias viviendas o apartamentos) en edificio a construir en C/ DIRECCION000 NUM007 y NUM018 (Antes Comandante Molina) y AVENIDA001 NUM019 y NUM020 . Titulo Adquirido por escritura pública de Cesión de Finca a cambio de obra de fecha 1 de agosto de 2002, ante el notario de Albacete D. Vicente . - Obligaciones suscritas de Caja Castilla la Mancha (3.250.000). Fondo de inversión BBVA Extra 5 garantizado FIM 1.305´ 7929687 participaciones (fondo gestionado por BBVA). - Acciones de la Sociedad Compañía de Petróleos S.A. depositadas en Banco Santander Hispano. Acciones de Iberdrola S.A. depositadas en Banco Santander Hispano. - Acciones de Banco Santander Hispano depositadas en Banco Santander Hispano. - Acciones de Banco Santander Hispano, depositadas en Banesto. - Acciones de la "Sociedad Publicaciones Albacete". - 12040 Participaciones sociales, numeradas del 1 al 12.040 de la entidad "Serrano Pérez Sociedad Patrimonial sociedad Limitada" adquiridas en escritura de constitución uno de agosto de 2002. Debe tenerse en cuenta que esta sociedad está disuelta por sentencia judicial, estableciéndose en dicha resolución judicial la necesidad de liquidación y adjudicación entre los socios. La sentencia está recurrida ante el Tribunal Supremo debiéndose estar en una fase posterior a la del inventario a las resultas de aquella. - 1250 acciones de la Sociedad "Construcciones Frigoríficas Serrano S.A.". - 2660 participaciones sociales de la entidad "Agropecuaria Canaleja S.L.". - 5338 participaciones sociales de la entidad "Guirao y Chapin S.L.". - 14.824 participaciones sociales de la entidad "Hotel Florida Albacete, S.L." (Anteriormente Hostal Residencia Feria S.L.). - Bienes y derechos correspondientes a la actividad como empresario individual de D. Jose Francisco .- 5º DERECHOS DE CRÉDITO FRENTE A TERCEROS. - Préstamo otorgado a la entidad "Guirao y Chapin S.L." por importe de 841.416´95 € y los intereses vencidos y no satisfechos. - Préstamo otorgado a la entidad "Agropecuaria Canaleja, S.L." por importe de 480.809 euros y los intereses vencidos y no satisfechos. - Préstamo otorgado a la entidad "Serrano Pérez Sociedad Patrimonial, S.L." por importe de 200.000 euros y sus intereses vencidos y no satisfechos. - Préstamo otorgado a la entidad "Unidad de Actuación Fábrica de Harinas, S.L." por importe de 200.000 euros y sus intereses vencidos y no satisfechos.- 6º CRÉDITOS DE LA SOCIEDAD FRENTE A LOS CÓNYUGES. - Frente a D. Jose Francisco por las disposiciones de saldos de las cuentas bancarias gananciales referidas en el apartado 1. - Frente a

    1. María Dolores por las disposiciones de saldo de las cuentas bancarias gananciales referidas en el apartado 1.- PASIVO.- 3. Póliza de Préstamo suscrita con Caja Castilla la Mancha por D. María Dolores .- 4. Préstamos o deudas asumidas por D. Jose Francisco con terceros a fin de hacer frente al coste de las ampliaciones de capital de las sociedades limitadas y anónimas reseñadas en el apartado 4 y que se concretan en la póliza de crédito nº 1830-097-295/1 de Caja Castilla la Mancha.- Sin que proceda hacer expresa condena de las costas causadas a ninguna de las partes.-".

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por el demandado, representado por medio de la Procuradora Dª. Victoria Arcas Martínez, bajo la dirección de la Letrado Dª. Josefa Olivares López, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte demandante, por la misma, representada por la Procuradora Dª. Justa Mª Victoria Elbal Muñoz, bajo ladirección de la Letrado Dª. Mª José Iñiguez Mirasol, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de treinta días, compareciendo las mencionadas Procuradores en las representaciones indicadas.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.

    VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Manuel Mateos Rodríguez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tal y como ya se hizo en la sentencia recurrida, es preciso destacar dos cuestiones fundamentales para la resolución del litigio. Tales cuestiones determinan el sentido de la decisión que ha de tomarse en cuanto a la inclusión o exclusión de diversas partidas en el activo y el pasivo de la sociedad de gananciales formada por los litigantes. Se está haciendo referencia a la cuestión del momento en el que debe considerarse disuelta la sociedad de gananciales y a la de la inclusión o no en su activo de la empresa de frio industrial " Jose Francisco ".

SEGUNDO

Según la Ley, la sociedad de gananciales se disuelve o concluye, en lo que ahora interesa, cuando se decreta judicialmente la separación de los cónyuges, o, concurriendo determinados requisitos, cuando se dicta una resolución judicial que así lo establece ( arts. 1292, y 1393 del C.C .). El artículo 95 del mismo cuerpo legal confirma que la sentencia firme (de nulidad, separación o divorcio) produce, respecto de los bienes del matrimonio, la disolución del régimen económico matrimonial.

La claridad de lo que se expone en la Ley ha sido matizada, o corregida según la STS de 26 de abril de 2000 , por la jurisprudencia. Pueden citarse las SSTS de 23 de diciembre de 1992 (Azdi RJ 1992/10653), 27-I-98, 29-IV-99 y 11-X-99 (Azdi RJ 1999/7324 ). En ellas se contemplan supuestos de separaciones de hecho libremente consentidas, y se afirma que ello destruye el fundamento de la sociedad conyugal, pues el abandono de familia no conlleva la ilógica de que siga existiendo la sociedad de gananciales, ni puede apoyarse esta conclusión en los artículos 1393.3º y 1394 CC , porque respecto del primer precepto, que equipara separación de hecho y abandono de hogar, la jurisprudencia, atenta a la realidad social, ha dado la doctrina que antes se consignó, que en sí misma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SAP Albacete 15/2009, 5 de Febrero de 2009
    • España
    • 5 Febrero 2009
    ...y revocada por otra de divorcio). Tal y como se indicó por esta misma Sala y sección en sentencia de 6 de Junio de 2006 (CENDOJ ROJ: SAP AB 518/2006 ), según la Ley, la sociedad de gananciales se disuelve o concluye, en lo que ahora interesa: a) cuando se decreta judicialmente la separación......
  • SAP Albacete 208/2010, 20 de Octubre de 2010
    • España
    • 20 Octubre 2010
    ...seguido paralelamente. La cuestión ha sido ya tratada por este Tribunal (véase, por ejemplo, la sentencia de 6 de junio de 2.006 (ROJ: SAP AB 518/2006)) en los términos que se expresan a Según la Ley, la sociedad de gananciales se disuelve o concluye, en lo que ahora interesa: a) cuando se ......
  • SAP Albacete 151/2011, 28 de Octubre de 2011
    • España
    • 28 Octubre 2011
    ...por divorcio el 14 de Diciembre de 2010 ha sido ya tratada por este Tribunal (véase, por ejemplo, la sentencia de 6 de junio de 2.006 (ROJ: SAP AB 518/2006)) en los términos que se expresan a Según la Ley, la sociedad de gananciales se disuelve o concluye, en lo que ahora interesa: a) cuand......
  • SAP Albacete 341/2011, 24 de Febrero de 2011
    • España
    • 24 Febrero 2011
    ...necesario indicar que la cuestión ha sido ya tratada por este Tribunal (véase, por ejemplo, la sentencia de 6 de junio de 2.006 (ROJ: SAP AB 518/2006)) en los términos que se expresan a Según la Ley, la sociedad de gananciales se disuelve o concluye, en lo que ahora interesa: a) cuando se d......
1 artículos doctrinales

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR