SAP Murcia 257/2004, 22 de Septiembre de 2004

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2004:2004
Número de Recurso534/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución257/2004
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 257/2.004

ILMOS. SRES.

D. ANTONIO SALAS CARCELLER

PRESIDENTE

D. JAIME GIMÉNEZ LLAMAS

DÑA. JULIA FRESNEDA ANDRÉS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a veintidós de septiembre del año dos mil cuatro.

Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Guardia y Custodia, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 1528/02 Rollo nº 534/03,en los que figura como demandante don Serafin , representada por la Procuradora doña María Luisa Botía Sánchez y defendida por la Letrado Doña Julia Gabardo Hernández, y como demandada doña Luz , representada por el Procuradora don José Antonio Luna Moreno y defendida por el Letrado don José María Salmerón Sánchez; la que a su vez interpuso reconvención contra la actora; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2.003 , dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don JAIME GIMÉNEZ LLAMAS, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que debo acordar y acuerdo las siguientes medidas paternofiliales y económicas derivadas de la ruptura de la convivencia extramatrimonial habida entre las partes:

  1. Se atribuye a la madre la guarda y custodia de los menores Luz y Serafin , sobre los que ejercerá la patria potestad, sin perjuicio de que ésta siga siendo compartida.

  2. El padre gozará del siguiente régimen de visitas; fines de semana alternos, desde las 19'00 horas del viernes a las 18'00 horas del domingo y mitad de vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y verano, comenzando el padre en la elección del período y alternándose en años sucesivos. La entrega y recogida de los menores se realizarán a través del Punto de Encuentro Familiar.

  3. El padre ingresará por meses anticipados y en los cinco primeros días, en concepto de alimentos para los menores, y en la c/c o libreta que designe la madre, la suma de 369 €, actualizable cada 1º de enero conforme al IPC".

Segundo

Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandante recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaban la impugnación, el cual fue admitido, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, elevándose a continuación los autos a esta Audiencia Provincial donde se formó el correspondiente Rollo, señalándose vista para el día 21/09/04, quedando pendiente de resolución.

Por el Ministerio Fiscal se solicitó la confirmación de la sentencia de instancia.

La parte demandada se opuso al mencionado recurso de apelación.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS...

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