SAP Granada 829/2003, 25 de Octubre de 2003

PonenteCARLOS JOSE DE VALDIVIA PIZCUETA
ECLIES:APGR:2003:2061
Número de Recurso397/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución829/2003
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA N U M.- 829

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. CARLOS J. DE VALDIVIA PIZCUETA

MAGISTRADOS

D. JOSE MARIA JIMENEZ BURKHARTD

D.ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

En la Ciudad de Granada, a Veinticinco de Octubre de dos mil tres.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo 397/02- los autos de Juicio de Guarda y Custodia número 469/02 del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Granada, seguidos en virtud de demanda de D./D Flor , contra D./D Alfredo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha 15-01- 03, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando en parte la demanda formulada por la procuradora Sra. García Molina en nombre y representación de Dª Flor y estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Muñoz Cardona en nombre y representación de D. Alfredo , debo acordar la adopción de las siguientes medidas: Que la hija menor Pilar quede bajo la guarda y custodia de la madre, siendo la patria potestad compartida. Se fija a favor del padre un derecho de visitas para con su hija menor Pilar , a falta de otro acuerdo entre los progenitores, consistente en los fines de semana alternos, desde las 15´00 horas del sábado a las 20´00 horas del domingo. Igualmente el padre tendrá a la hija quince días en verano coincidiendo con sus vacaciones laborales, debiendo el padre recoger y reintegrar a la menor en el domicilio materno. Asimismo podrá comunicarse libremente con su hija por teléfono, siempre que no interrumpa su descanso. Como contribución de D. Alfredo a los alimentos de su hija menor, se fija mensualmente lacantidad de CIENTOSETENTA Y CINCO EUROS mensuales, que se abonarán por anticipado, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que al efecto designe la Sra. Flor . Cantidad que será actualizada anualmente conforme a las variaciones que experimente el índice de precios al consumo, establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya. Igualmente sufragará el padre la mitad de los gatos extraordinarios que se produzcan durante la vida de la hija menor, tales como operaciones quirúrgicas, largas enfermedades o análogos, previa notificación del hecho que motiva el gasto y su aprobación, y en caso de no ser aceptada, resolvería el Juzgado. No se expresa declaración sobre el abono de las costas causadas".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte actora, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. CARLOS J. DE VALDIVIA PIZCUETA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el supuesto de litis aparece una "Unión de Hecho", que aún cuando la Constitución no la prevea de una manera expresa, tampoco las rechaza, y esto es desprende, invocamos la sentencia del T.S. de 18 de mayo de 1992, de la lectura de su artículo 32 puesto en relación con el 39, que proyecta la protección de la familia de una forma genérica, esto es, tanto como núcleo creado por el matrimonio como por una unión "more uxorio", lo que significa o quiere decir que la familia no se forma o constituye con el matrimonio, por lo que dicha institución puede mostrar otras formas de convivencia; formas de convivencia "more uxorio", que, como expresa...

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