SAP Barcelona 270/2006, 29 de Mayo de 2006

PonenteNURIA BARRIGA LOPEZ
ECLIES:APB:2006:6273
Número de Recurso113/2006
Número de Resolución270/2006
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCION DECIMONOVENA

Rollo de apelación 113/2006

Juicio ordinario 1363/04

Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Mataró.

S E N T E N C I A num 270/2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

Miguel Julián Collado Nuño

Nuria Barriga López

Asunción Claret Castany

Barcelona a veintinueve de mayo de dos mil seis

VISTOS, en grado de apelación, ante la sección decimonovena de esta Audiencia

provincial, los presentes autos de juicio ordinario 1363/04, seguidos en el juzgado de primera instancia nº 1 de Mataró, a instancias de Ángel Jesús, representado por la

procuradora Elisabet Hernández Vilagrasa contra Blanca, Araceli y Andrea, representados por el procurador Carles Arcas

Hernández; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por las demandadas, contra la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2005 por la magistrada, juez del expresado juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada de fecha el 30 de noviembre de 2005 dictada en el juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Mataró, en autos de juicio ordinario 1363/04 cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Dña.Maria Teresa Tresserras Torrent en nombre y representación de D. Ángel Jesús, frente a demandada Dña. Araceli, representadas por la procuradora Dña.Anna Vilanova Siberta, debo declarar y declaro la condición de legitimario de D. Ángel Jesús en la herencia de su madre Dña. Lorenza, condenando a las demandadas a abonar al actor la cantidad de 27.109,185,- euros más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de fallecimiento de la causante el 1 de agosto de 1998 hasta la fecha de sentencia, sin perjuicio de los intereses procesales que se devenguen hasta que la cantidad sea totalmente satisfecha y con expresa condena en costas a las demandadas."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por las demandadas, recurso que fue impugnado de contrario, y elevándose las actuaciones a esta Audiencia provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el 19 de abril.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo ponente la Ilma Sra. Magistrada Nuria Barriga López.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Se ejercita acción en reclamación de legítima. La sentencia fija el importe con arreglo al Codi de successions, valora la finca colacionada por la coheredera y señala que los...

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