SAP Jaén 380/2001, 28 de Mayo de 2001
Ponente | SATURNINO REGIDOR MARTINEZ |
ECLI | ES:APJ:2001:1057 |
Número de Recurso | 330/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 380/2001 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm. 380
Iltmos. Sres.
Presidente
D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE
Magistrados
D. RAFAEL MORALES ORTEGA
D. SATURNINO REGIDOR MARTÍNEZ
En la ciudad de Jaén, a Veintiocho de Mayo de dos mil uno.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 114 del año 1.999 por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Andújar, rollo de apelación de esta Audiencia número 330 del año 2.000, a instancia de D. Serafin y D. Jorge representados ante este Tribunal, como Apelados por la Procuradora Sra. Saavedra Pérez y defendidos por el Letrado Sr. López Torres, contra Dª. María Antonieta representada ante este Tribunal, como Apelante, por el Procurador Sr. Jiménez Cózar y defendida por el Letrado Sr. Flores Martínez.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Andújar con fecha 10 de Abril de 2.000. i
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando totalmente la demanda interpuesta por D. Serafin Y D. Jorge representados por el Procurador Sr. Calzado Guerrero contra D. Pablo Y DOÑA María Antonieta representados por el Procurador Sr. Figueras Resino debo declarar y declaro aceptada por los demandados la herencia deferida al fallecimiento de D. Víctor , y ratificada la escritura pública de 28-11-98 de aceptación, adjudicación de herencia y compraventa, condenándolos a firmar la referida escritura pública bajo apercibimiento de caso de negarse ello su firma será suplida judicialmente, y todo ello con imposición de costas procesales a los demandados".
Contra dicha sentencia se interpuso por los demandados, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Andújar, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.
Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vistael día 10 de Mayo de 2.001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con lo sostenido en la instancia, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. SATURNINO REGIDOR MARTÍNEZ.
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada en cuanto no contradigan los que ahora se expondrán
La...
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