SAP Murcia 208/2007, 30 de Julio de 2007

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
ECLIES:APMU:2007:1823
Número de Recurso227/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución208/2007
Fecha de Resolución30 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00208/2007

Rollo núm. 227/07

Apelación Civil.

S E N T E N C I A Nº /2007

ILTMOS. SEÑORES

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintiséis de julio de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio verbal nº 855/06 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia entre las partes, como demandante y en esta alzada apelado D. Pedro Antonio, representado por el Procurador D. Francisco Javier Berenguer López y asistido del Letrado D. José Pablo Martínez Talavera, y como demandada y en esta alzada apelante la entidad Catalana Occidente, representad por el Procurador D. Francisco Aledo Martínez y dirigida por el Letrado D. José Moreno Clavel. Siendo Ponente la Iltma. Sra. doña MARÍA PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 29 de Noviembre de 2006, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Estimando totalmente la demanda interpuesta por don Pedro Antonio contra Catalana Occidente, y condenando a la demandada a abonar al demandante la cantidad de novecientos setenta y cuatro euros con sesenta y cinco céntimos (974`75 euros), más los intereses legales del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro al 20% desde 6 de octubre del año 2.004, con expresa imposición de costas, si las hubiere, a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación por la parte demandada, y siendo tramitado fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Tercera con el nº 227/07, dictándose la presente sin celebración de vista.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandada mediante el recurso de apelación que ha interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, que estima la demanda, interesa su revocación, y que se de lugar parcialmente a aquella condenándola al pago al actor de la cantidad de 330 euros, sin imposición ni de costas ni de intereses, alegando que al acto de la vista del juicio de faltas seguido en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Totana con el nº 725/00, en que el hoy demandante fue denunciante y denunciado, asistió el Letrado de la aseguradora demandada Sr. Jose Enrique en defensa tanto del asegurado como de la propia Multinacional Aseguradora, reclamando el actor los honorarios del abogado particular que designó para su defensa respecto de la acción penal y civil que ejercitó el conductor contrario - del Renault 21 -, tanto en su contra como en contra de su aseguradora Multinacional Aseguradora, actualmente la demandada apelante, la que asumía dicha aseguradora, señalando que por aplicación del artículo 74 de la Ley de Contrato de Seguro, únicamente procede el abono de los honorarios del Letrado particular que designó el demandante para defenderse de la acción penal ejercitada en su contra en el juicio de faltas, ascendente de...

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