SAP Murcia 233/2003, 22 de Mayo de 2003

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2003:1397
Número de Recurso520/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución233/2003
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 233

En la ciudad de Murcia, a veintidós de mayo de dos mil tres.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal nº 379/2002 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil nº 5 de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante Don Casimiro , representado por el Procurador Sr. Aledo Martínez y defendido por el Letrado Sr. Martínez- Escribano Gómez y como demandada y ahora apelado Don Carlos Daniel , representado por la Procuradora Sra. Carles-Cano Manuel y defendido por el Letrado Sr. Ortega Sánchez. Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS MORENO MILLÁN que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 18 de julio de 2002 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Desestimada la demanda interpuesta por DON Casimiro , y en su nombre y representación el Procurador DON FRANCISCO ALEDO MARTINEZ, contra DON Carlos Daniel , representado por la Procuradora DOÑA ELISA CARLES CANO MANUEL, debo:

  1. ) Absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la demanda.

  2. ) Imponer las costas a la actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación Don Casimiro basado en disconformidad con la aplicación del plazo de prescripción.

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 520/2002 de Rollo. En proveído del día 3 de abril de 2003 se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que desestima en su totalidad, por aplicación del instituto de la prescripción, la acción personal ejercitada por el actor Don Casimiro contra el demandado Don Carlos Daniel en reclamación de la cantidad de 2.805,07 euros, importe de los honorarios profesionales devengados en su condición de arquitecto, la citada parte actora, disconforme con el mencionado pronunciamiento judicial, comparece en esta alzada interesando la revocación de dicha sentencia y el dictado de otra que acepte y acoja la pretensión objeto de la demanda, por entender que no está prescrita la acción ejercitada.

SEGUNDO

Concretada en los indicados términos la cuestión impugnatoria suscitada en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de todo lo...

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