Sentencia AP Valencia, 7 de Marzo de 2001

Procedimiento152222
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Valencia

Sentencia de 7 de marzo de 2001

Audiencia Provincial de Valencia Sección 9ª

Sentencia Nº 164/0

Ponente: Dª Mª Antonia Gaitón Redondo

Propiedad horizontal

Elementos comunes

Configuración

El Tribunal Supremo entiende la concurrencia de de una voluntad tácita de los comuneros, al señalar que los propietarios de los diferentes pisos"o bien consintieron la edificación (de una habitación en la terraza) cuando se realizó, ya que han dejado transcurrir más de veinte años sin formular reclamación alguna... o si fueron adquirentes posteriores a las obras se encontraron al adquirir su piso, con las modificaciones efectuadas, a virtud del consentimiento que prestaron los anteriores propietarios y el constructor, de cualquier forma el transcurso pacífico de tan largo período de tiempo, debe producir el efecto de tener por renunciado el derecho impugnatorio, pues no otra cosa exige la seguridad de las relaciones contractuales, las de tráfico jurídico, la prohibición de ir contra los actos propios y las normas de buena fe

Legislación citada: art. 397 CC.

Ilustrísimos Sres.:

Presidente

D. Jose Martinez Fernandez

Magistrados

Dª Mª Antonia Gaitón Redondo

D. Antonio Pardo Llorens

En la ciudad de Valencia a, siete de Marzo de dos mil uno.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Dª Mª Antonia Gaitón Redondo, el presente rollo de apelación número 511/00, dimanante de los autos de Juicio Menor Cuantia, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 11 de los de Valencia, bajo el número 511/99, entre partes; de una, como demandante-apelante a D. F.F.N., representado por el Procurador de los Tribunales Dª. Verónica Mariscal Bernal, como demandado-apelante D. R.G.F., representado por el Procurador D. José L. Medina Gil, y de otra como demandada-apelada a Dª A.C.N., incomparecida en la alzada, sobre Propiedad Horizontal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandante y el demandado D.R.G.F..

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia número 11 de los de Valencia, en fecha diecinueve de Abril de dos mil, contiene el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los Tribunales Dª VerónicaMariscal Bernal en nombre y representación de D. F.F.N. contra D. R.G.F. y Dª A.C.N., representados por el Procurador de los Tribunales D. José Luis Medina Gil, y desestimando la reconvención por estos presentada debo declarar y declaro que el actor es copropietario del deslunado que el demandado usa y disfruta como si fuera de su exclusiva propiedad y debo de condenar y condeno a los demandados a estar y pasar por tal declaración y en consecuencia a restituir las cosasque ha modificado a su estado original y debo de absolver y absuelvo al actor de los pedimentos contra él contenidos en la demanda reconvencional, sin que proceda pronunciamiento alguno sobre costas.-Notifiquese la presente resolución ..."SEGUNDO.- Que contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el demandante y el demandado D. R.G.F., que fue admitido en ambos efectos y, previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, compareciendo las partes, tramitándose la alzada, con celebración de la Vista correspondiente el día 1 de Marzo de 2001, a cuyo acto asistieron los letrados y las representaciones de las partes que constan en la diligencia de vista extendida a tal efecto, solicitando se dictara sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Instancia se dictó sentencia por la que se estimaba la demanda que, al amparo de lo prevenido en la Ley de Propiedad Horizontal en relación con el artículo 397 del Código Civil, ejercitaba la representación de F.F.N. contra R.G.F..

Interpone recurso de apelación la parte actora a fin de que sea revocada parcialmente la sentencia de instancia en orden al pronunciamiento sobre costas, considerando el demandante-recurrente que procedía la aplicación del criterio objetivo del vencimiento que establece el artículo 523 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por cuanto las obras eran nuevas y por lo...

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