SAP Alicante 510/2002, 3 de Octubre de 2002

PonenteJOSE MANUEL VALERO DIEZ
ECLIES:APA:2002:4041
Número de Recurso614/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución510/2002
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

D. José de Madaria RuviraD. José Manuel Valero DíezDª. Dª. Gracia Serrano Ruiz de Alarcón

SENTENCIA NUMERO 510 / 02

Iltmos. Sres.:

Presidente : D. José de Madaria Ruvira

Magistrado: D. José Manuel Valero Díez

Magistrado: Dª. Gracia Serrano Ruiz de Alarcón

En la ciudad de Elche, a tres de octubre de dos mil dos.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos nº 306 / 01 sobre Juicio Ordinario en reposición de terraza por obras contrarias a la LPH, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número dos de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada, TELEVISION POR CABLE SANTA POLA, S.L., habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr. Lara Medina y dirigida por el Letrado Sr. Pérez Hervás, y como apelada la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SITO EN LA CALLE000 , Nº NUM000 DE SANTA POLA, representada por el Procurador Sr. Pérez Campos con la dirección del Letrado Sr. Zomeño Nicolás.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Elche en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 22-4-02, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del edificio sito en C/ CALLE000 núm. NUM000 de Santa Pola, contra D. Fidely "Televisión por cable Santa Pola, S.L.", condeno a éstos a retirar la torre de telecomunicaciones instalada en la terraza del edificio sito en la CALLE000 nº NUM000 de Santa Pola, devolviendo dicha terraza a su estado primitivo, imponiendo a "Televisión por cable Santa Pola, S.L", las costas causadas en este proceso".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos aeste Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 614 / 02, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día treinta de septiembre de dos mil dos.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Manuel Valero Díez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dispone el artº 7 de la LPH que " El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, suconfiguración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad. En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador.". Por su parte el artº 12 nos dice que "La construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunesafectan al título constitutivo y deben someterse al régimen establecido para las modificaciones del mismo. El acuerdo que se adopte fijará la naturaleza de la modificación, las alteraciones que origine en la descripción...

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