SAP Lugo 100/2004, 21 de Abril de 2004

PonenteMARIA LUISA SANDAR PICADO
ECLIES:APLU:2004:413
Número de Recurso149/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución100/2004
Fecha de Resolución21 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

sentencia nº 100

En Lugo, a veintiuno de abril de dos mil cuatro

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala nº 149/04, dimanante de los autos de Verbal nº 297/03, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Lugo, sobre reclamación de cantidad. Es parte apelante Doña Remedios , representada por la Procuradora Sra. Sabariz García y apelado Presidente de la Comunidad de propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de Lugo., representado por el Procurador Sr. Lorenzana Teijeiro. Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala la Magistrado Ilma. Sra. Dª MARIA LUíSA SANDAR PICADO.

antecedentes de hecho

PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia 1 de Lugo en fecha veintinueve de septiembre de dos mil tres, dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales Sr. Lorenzana Teijeiro en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 contra Remedios debo condenar y condeno a la demandada Remedios a abonar al actor la cantidad de 95.727 pesetas, que será incrementada en el interés legal desde la fecha de interpelación judicial e incrementado en dos puntos desde la fecha de notificación de sentencia hasta su completo pago, sin efectuar declaración en cuanto a las costas..

SEGUNDO

Interpuesto el recurso de apelación contra la citada sentencia el mismo fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a la Audiencia provincial correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

Fundamentos de derecho

PRIMERO

Se inicia el presente procedimiento como juicio monitorio para el ejercicio de una acción de reclamación de cantidad por cuotas comunitarias basándose en el Art. 9 de la L.P.H.Al haber formulado oposición la demandada se procede a ventilar la cuestión debatida conforme a las normas del juicio verbal, y en consecuencia ha de acreditar fehacientemente la actora qué es lo que reclama y en qué concepto.

El examen de la cuestión debatida ha de hacerse a la luz de lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley de Propiedad horizontal que señala:

1. Son obligaciones de cada propietario:

e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente...

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