AAP Madrid 16/2004, 21 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:649
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución16/2004
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Juicio Oral nº 131/2003

Juzgado de lo Penal nº 24 de Madrid

Rollo de Sala nº 126/2003

Juan José López Ortega

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, en el nombre de

SU MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 16/2004

En Madrid, a veintiuno de enero de dos mil cuatro.

VISTA por esta Sala en grado de apelación la causa nº 131/03, procedente del Juzgado de lo Penal nº 24 de Madrid, seguida por un delito de usurpación de funciones y hurto, contra Héctor Y Silvio. Han comparecido, como apelante, el Ministerio Fiscal, y, como apelados, los citados acusados, representados por los Procuradores Dª. Mª Belén Lombardía del Pozo y D. Joaquín Pérez de Rada González Castejón, respectivamente, y asistidos por el Letrado D. Fausto del Castillo Fernández. Ha sido ponente el Magistrado don Juan José López Ortega, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por escrito de 9 de mayo de 2003, el Ministerio Fiscal ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de 7 de abril de 2003 del Juzgado de lo Penal nº 24 de Madrid.

La sentencia absuelve a los acusados Silvio y Héctor, cuya condena fue pretendida por el Ministerio Fiscal.

SEGUNDO

Ambos apelados, por escritos de 9 y 12 de junio de 2003, respectivamente, se han opuesto al recurso, solicitando la confirmación de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal pretende la revocación de la sentencia absolutoria. En su recurso de apelación sostiene que existe prueba de cargo que el Juez de la Penal no ha valorado.

El recurso ha de ser desestimado.

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, imputa a los acusados Silvio y Héctor de una falta de hurto (art. 623.1 C.P.). En concreto, se afirma que el 23 de marzo de 2003 se identificaron ante dos testigos extranjeros haciéndose pasar como policías y les sustrajeron 120 euros.

Para el Juzgado de lo Penal la prueba propuesta por el Ministerio Fiscal, que se reduce a la declaración de los acusados y al testimonio proporcionado por los agentes que les detuvieron, no es suficiente para tener por probados los hechos de la acusación. Al tiempo, en la sentencia absolutoria se reprocha al Ministerio Fiscal que no haya reclamado la lectura de la declaración sumarial de la perjudicada, limitándose a dar "por reproducida" la prueba documental. Y concluye...

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