SAP Santa Cruz de Tenerife 264/2004, 21 de Junio de 2004

PonentePablo José Moscoso Torres
ECLIES:APTF:2004:1358
Número de Recurso248/2004
Número de Resolución264/2004
Fecha de Resolución21 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

D. Pablo José Moscoso TorresD. Emilio Fernando Suárez DíazDª. Elvira Afonso Rodríguez

AUDIENCIA PROVINCIAL.

SECCIÓN CUARTA. CIVIL.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

S E N T E N C I A N.º 264/04.

Rollo n.º 248/2004.

Autos n.º 802/2002.

Juzgado de 1ª Instancia n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Elvira Afonso Rodríguez.

===========================

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiuno de junio de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n.º 1 de Santa de Tenerife, en los autos n.º 802/02,sobre protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, seguidos por los trámites del juicio ordinario y promovidos, como demandante, por DOÑA Elena , que ha comparecido ante este Tribunal representada por el Procurador Don Joaquín Cañibano Martín y dirigida por el Letrado Don Francisco Tray Bousoño, contra la entidad «EL CORTE INGLÉS, S.A.», representada por el Procurador Don Alejandro Frutos Obón Rodríguez y dirigida por la Letrada Doña Sandra Espinosa Chirino, siendo parte en este procedimiento el MINISTERIO FISCAL; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Magistrado-Juez D.ª María Raquel Alejano Gómez, dictó sentencia el veinticinco de noviembre de dos mil tres, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Joaquín Cañibano Martín en nombre y representación de Dña. Elena contra el Representante Legal del El Corte Inglés, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones efectuadas en su contra y con condena en costas a la actora».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandante, DOÑA Elena , en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandada, EL CORTE INGLÉS, S.A. y el MINISTERIO FISCAL, presentaron escritos de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de siete de mayo pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente y señalar para la votación y fallo del presente recurso el día dieciséis de junio del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada desestimó la demanda, en la que la actora reclamaba una importante cantidad (la equivalente, en euros, a diez millones de pesetas) como consecuencia de la intromisión ilegitima en su derecho al honor imputado a la entidad actora (pues aunque se aluda en el encabezamiento de la demanda al representante legal de ésta, esa alusión no implica que sea la persona física de este representante la demandada,...

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