SAP Barcelona 286/2007, 25 de Abril de 2007
Ponente | LAURA PEREZ DE LAZARRAGA VILLANUEVA |
ECLI | ES:APB:2007:2779 |
Número de Recurso | 916/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 286/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN PRIMERA
SENTENCIA Nº
Recurso de apelación nº 916/05
Procedente del procedimiento nº 593/04 Proc. Ordinario
Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Manresa
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de
ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 916/05 interpuesto contra la sentencia dictada el día 20
de septiembre de 2005 en el procedimiento nº 593/04 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Manresa, en el que
son recurrentes D. Luis Miguel, DÑA. María Antonieta, y DÑA. María Esther por si misma y en representación de D. Everardo, y apelado CAIXA D'ESTALVIS DE
MANRESA incomparecido, previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente
S E N T E N C I A
Barcelona, 25 de abril de 2007
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por la representación procesal de Dña. María Antonieta, D. Luis Miguel, y Dña. María Esther en nombre y representación de su hijo menor D. Everardo contra "Caixa d'Estalvis de Manresa" debo absolver y absuelvo a la mencionada demandada de las pretensiones ejercitadas contra la misma en esta instancia, todo ello con expresa imposición de las costas procesales ocasionadas a la parte demandante.
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA.
La parte actora recurre la sentencia dictada en primera instancia en el único extremo relativo a las costas, solicitando que, de conformidad con lo previsto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no se le impongan por concurrir, según la misma, serias dudas de derecho.
Al efecto dicha parte alega que en el propio fundamento de derecho segundo de la sentencia hay diversas contradicciones en cuanto a la naturaleza ordinaria o extraordinaria del acto a enjuiciar, sosteniendo en primer lugar que se trata de una acto de administración ordinaria aunque termina haciendo referencia al artículo 151 del Código de Familia para fundamentar su conclusión final, siendo así que el artículo 151 hace referencia, única y exclusivamente, a los actos de administración extraordinaria, y no a los de disposición, sin perjuicio de que, en...
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