SAP Alicante 122/2007, 7 de Febrero de 2007

PonenteANTONIO GIL MARTINEZ
ECLIES:APA:2007:671
Número de Recurso241/2006
Número de Resolución122/2007
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2006-0007593

Procedimiento: Rollo apelación sentencia juicio de faltas Nº 000241/2006- -

Dimana del Juicio de Faltas Nº 000254/2005

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE IBI

Apelante: Mónica

Letrado: JOSE GUILLEN FERRI

Procurador : FERNANDO FERNÁNDEZ ARROYO

Apelado: Mauricio y LINEA DIRECTA ASEGURADORA

Letrado: EDUARDO BENEYTO MARÍA

SENTENCIA Nº 122/07

En la ciudad de Alicante, a Siete de Febrero de 2007.

EL ILTMO. SR. D. ANTONIO GIL MARTÍNEZ, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia de fecha 28 de Septiembre de 2005 dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE IBI en el Juicio de Faltas - 000254/2005, por habiendo actuado como parte apelante Mónica, representado por FERNÁNDEZ ARROYO, FERNANDO y dirigido por GUILLEN FERRI, JOSE, y como parte apelada Mauricio y LINEA DIRECTA ASEGURADORA, representado por y dirigido por BENEYTO MARÍA, EDUARDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras a la brevedad se dan por reproducidos los hechos probados de la Sentencia de instancia.

Segundo

El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo absolver y absuelvo a Mauricio de la falta de lesiones por imprudencia de la que venía siendo acusado en el presente procedimiento con declaración de las costas de oficio.".

Tercero

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por la representación procesal de Mónica se interpuso recurso, que fue admitido a trámite elevándose las actuaciones a esta Audiencia donde se formó el Rollo Nº 000241/2006 de esta Sección, tras haber dado traslado del mismo a las otras partes.

Cuarto

En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.

SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La representación de la perjudicada pretende conseguir la declaración de culpabilidad del conductor del turismo que la atropelló aduciendo una serie de hipótesis sobre la acomodación de su conducta a las circunstancias del suceso, que omiten las que realmente concurrieron en el siniestro, en base a las que el juzgador de instancia ha alcanzado su conclusión exculpatoria.

Hay que partir de un hecho inamovible, cual es que la mecánica de producción del accidente es la descrita por el denunciado y su acompañante, testigos presénciales del evento, a quienes el Juez de instancia atribuye plena credibilidad, en ejercicio de su función valorativa (art. 741 Lecrim), que ha de respetarse en esta alzada, en que se carece de la inmediación de que aquel dispone, carencia que se convierte en imposibilidad de efectuar una nueva lectura de tales pruebas, cuando su decisión sea absolutoria, pues de realizarlo se vulneraría el principio a un proceso con todas las garantías (s.T.C. 167/2002, de 19 septiembre y 200/2002, de 28 de octubre ).

Segundo

Dando por sentado que el accidente se produjo tal como se describe en los hechos probados de...

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