SAP Cádiz 304/2006, 1 de Diciembre de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ
ECLIES:APCA:2006:2189
Número de Recurso129/2006
Número de Resolución304/2006
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª

S E N T E N C I A Nº 304/06

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Tercera

ILMOS SRES.

MAGISTRADO:

MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ

J. Instrucción Nº 4 Cádiz (ANTIGUO MIXTO 4)

APELACIÓN ROLLO NÚM. 129/2006

J. FALTAS Nº 79/2006

En la ciudad de Cádiz a uno de diciembre de dos mil seis.

Visto por el Magistrado indicado al margen, constituido como Tribunal unipersonal, el recurso de apelación promovido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción referenciado, en el juicio de faltas seguido por lesiones de tráfico.

Es parte apelante Estela.

Y parte recurrida ALLIANZ y Juan Miguel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción, dictó sentencia el día 19/5/06 en el juicio de faltas antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que debo absolver y absuevlo a Juan Miguel, de la falta de fallecimiento causado por imprudencia leve por la que había sido acusado. Se declaran las costas causadas de oficio.

Una vez firme la presente resolución, queden los atuso sobre la mesa para dictar el correspondiente Auto de cuantía máxima."

SEGUNDO

Interpuso recurso de apelación la parte antes citada. Admitido a trámite, el Juzgado confirió traslado a las demás partes para impugnación o adhesión al mismo, y una vez transcurrido el plazo, elevó los autos a esta Sección de la Audiencia donde se formó el rollo y se ha turnado de ponencia, quedando pendiente para decisión del recurso.

La Sentencia apelada declara como hechos probados los siguientes que expresamente se aceptan en esta alzada: "Queda probado y así se declara que el día 26 de febrero de 2005, sobre las 11 horas Juan Miguel de dirigía a la entrada situada en la Plaza de Sevilla del recinto del Puerto de Cádiz conduciendo el camión con matrícula de cabeza tractora 2044-BXC y remolque con matrícula BU-03159-R, vehículo asegurado en la entidad Allianz Seguros y propiedad de la entidad Porbeca S.L.. Tras ser abierta la barrera de entrada el camión avanzó unos metros y se detuvo en el puesto de control de la Policía Portuaria donde entregó la documentación relativa a la carga de ganado porcino que llevaba, siendo atendido por el agente de dicha unidad con nº NUM000, Enrique, que se encontraba a la izquierda de la cabina.

Tras revisar dicho agente la documentación y observar que todo estaba en regla, le autorizó a Juan Miguel a entrar en el recinto portuario, momento en que proveniente del lado derecho, pegado a la cabina del camión y por lugar no autorizado intentaba cruzar la calzada el peatón Luis Manuel. Como quiera que Juan Miguel no podía observar al peatón puesto que éste se encontraba arrimado a la cabina de la cabeza tractora y confiado por la autorización del agente portuario, reemprendió la marcha del camión sin apercibirse de la presencia del Sr. Luis Manuel al cual arrastró unos metros, falleciendo el citado en el acto como consecuencia de los traumatismos múltiples sufridos.

El fallecido tenía 74 años de edad y convivía en el domicilio familiar con su esposa Estela, sin que conste que conviviera con otros familiares directos."

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte apelante la revocación de la sentencia de primera instancia y el dictado de otra por la que se condene a Juan Miguel como autor de una falta de imprudencia leve con resultado de muerte...

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