SAP Murcia 16/2007, 9 de Febrero de 2007
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2007:754 |
Número de Recurso | 64/2007 |
Número de Resolución | 16/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00016/2007
Rollo núm. 64/07
Apelación J. Faltas.
S E N T E N C I A Nº /2007
En la ciudad de Murcia, a nueve de febrero de dos mil siete.
Vistos por la Iltma. Sra. Magistrada Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de apelación nº 64/07, dimanante de los autos de juicio de Faltas nº561/04, procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Molina de Segura (Murcia), en que han sido partes, como denunciante y en esta alzada apelante, Marta representada por el Procurador D. José Iborra Ibáñez y dirigida por el Letrado D. Francisco Martínez Salmerón y como denunciados y en esta alzada apelados, Benedicto y Jorge dirigido por el Letrado D. Eduardo Andúgar Carbonell siendo responsables civiles directas Mapfre Mutualidad, dirigida por el Letrado D. Pedro Sánchez Guillén y Seguros Mercurio S.A. dirigida por el Letrado D. Eduardo Andúgar Carbonell.
ANTECEDENTES DE HECHO
En las actuaciones de que el presente rollo dimana, el Juzgado de instrucción citado, dictó sentencia con fecha treinta y uno de mayo de 2006, sentando como hechos probados los siguientes: "PRIMERO.- Resulta probado y así se declara que el día 18 de julio de 2004, sobre las 7,43 horas el autobús Pegaso matrícula W-....-WD, destinado al transporte escolar, conducido por D. Jorge y asegurado en MERCURIO realizó una parada, previa señalización con los intermitentes, en lugar no habilitado al efecto en la calle Mayo de las Torres de Cotillas, apeándose del mismo la denunciante Dª. Marta por indicación del conductor, con la finalidad de quitar del carril contrario un obstáculo que, según sus apreciaciones, dificultaría la circulación. Detrás del autobús circulaba el vehículo SEAT Alambra matrículo MN-....-EQ conducido por D. Benedicto, asegurado en MAPFRE, quien, tras cerciorarse de que no venía ningún otro vehículo en sentido contrario, rebasó al autobús detenido, y al llegar a la altura de la parte delantera, inopinadamente se cruzó en su trayectoria la denunciante, que invadió la calzada sin cerciorarse de que no existía peligro en su acción, por lo que el conductor no puedo evitar al atropello. A unos 14 metros aproximadamente del lugar del accidente existe un paso de peatones regulado por semáforo pulsador.
Como consecuencia del accidente, de conformidad con el informe forense de fecha 21 de septiembre de 2005 Dª. Marta resultó con lesiones de las que tardó en curar un total de 390...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba