SAP Madrid 420/2007, 18 de Julio de 2007
Ponente | MARIA ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL |
ECLI | ES:APM:2007:12276 |
Número de Recurso | 471/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 420/2007 |
Fecha de Resolución | 18 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21
MADRID
SENTENCIA: 00420/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 21
1280A
Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42
-
N.I.G. 28000 1 7007023/2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 471/2004
Proc. Origen: ART.131 LEY HIPOTECARIA. 67/1998
Órgano Procedencia: JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 2 de NAVALCARNERO
Ponente: ILMA. Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
CM
De: Jose Ramón, Irene
Procurador: ELISA MARIA BUSTAMANTE GARCIA, ELISA MARIA BUSTAMANTE GARCIA
Contra: CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD.
Procurador: Cristina
SENTENCIA
MAGISTRADOS Ilmos Sres.:
D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ
Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
Dª. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
En Madrid, a dieciocho de julio de dos mil siete. La Sección Vigesimoprimera de la
Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto el presente incidente de tasación de costas, tramitado en el rollo de apelación número 471/2004, a instancia de don Jose Ramón y doña Irene.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la ILMA. Sra. Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL.
Que con fecha 7 de noviembre de 2006 se practicó tasación de costas.
Por el Procurador Sra. Bustamante García, en nombre de don Jose Ramón y doña Irene, se impugnó la misma por escrito de fecha 23 de noviembre de 2006, sustanciándose el presente incidente por sus trámites legales, quedando señalado para celebración de vista pública el día 17 de julio de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La Sra. Secretario de esta Sala, a instancia de la representación de Caja España de Inversiones, procedió a practicar con fecha 7 de Noviembre de 2006 tasación de costas en el presente rollo de apelación, habiéndose procedido a impugnar la misma por la representación de D. Jose Ramón y de Dª Irene, por considerar era indebido el concepto de IVA respecto de los derechos del Procurador, Sra. Cristina, y honorarios del Letrado, Sr. Juan María, incluidas en tal tasación de costas, amparando sus pretensiones en la resolución de la Dirección General de Tributos de 9 de Marzo de 2005.
Nuestro Tribunal Supremo, con anterioridad a la Resolución de la Dirección General de Tributos de 9 de Marzo de 2005, había venido entendiendo que el pago de IVA correspondiente a los honorarios de Letrado, respondía a los servicios profesionales prestados por él, quien resultaba ser el sujeto pasivo de este impuesto, por lo que tenía derecho a repercutir el importe sobre su cliente, si bien cuando éste hubiera sido vencedor procesal y acreedor de las costas en la litis, la obligación del pago del importe correspondiente a este impuesto era de cuenta de quien hubiera resultado condenado al pago de las costas, doctrina...
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