SAP Cádiz, 23 de Octubre de 2002
Ponente | MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ |
ECLI | ES:APCA:2002:2730 |
Número de Recurso | 153/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª |
D. MANUEL GROSSO DE LA HERRANDª. Dª. ANA MARIA RUBIO ENCINASD. MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ
SENTENCIA Nº
AUDIENCIA PROVINCIAL CÁDIZ
Sección Tercera
PRESIDENTE ILMO. SR.
MANUEL GROSSO DE LA HERRAN
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
ANA MARIA RUBIO ENCINAS
MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: J. 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 S. Fernando
ROLLO DE APELACIÓN Nº 153/2002
JUICIO Nº 3/2001
En la Ciudad de Cádiz a veintitrés de octubre de dos mil dos.
Visto, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de CÁDIZ, de Juicios de Cognición procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de BBVA que en el recurso es parte apelada , contra Emilia que en el recurso es parte apelante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 08-05-2002, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el procurador señor Funes Toledo en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y contra Doña Emilia , representada por su legal representante y madre, Doña Francisca debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 676.614 pesetas, junto con los intereses moratorios que se devenguen hasta su completo pago a liquidar en ejecución de sentencia y con imposición de costas procesales a la demandada. Así... ".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día de la fecha quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales. Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ quien expresa el parecer del Tribunal.
Solicita la parte apelante la revocación de la sentencia de primera instancia y el dictado de otra por la que se absuelva a la demandada incapaz de las peticiones actoras, con expresa condena en costas al BBVA. Alega como cuestión preliminar nulidad de actuaciones a partir del desistimiento del BBVA respecto del padre demandado D. Juan Carlos , ya que no se les dio traslado de ese desistimiento que se produjo una vez emplazada la incapaz, ya que se hubieran opuesto a ese desistimiento unilateral. Alega además nulidad del contrató por falta de consentimiento y falsedad de la firma de la demandada que no sabe firmar. Que la sentencia razona que la incapaz demandada no lo es hasta que no ha sido declarada judicialmente y que la eficacia constitutiva de la incapacitación no se retrotrae a los actos anteriores a ella; lo que considera un error, ya que una oligofrenia moderada de etiología orgánica innata, que le impide la conciencia de la realidad, es incapaz, desgraciadamente, desde su nacimiento, esté declarada o no judicialmente, luego ninguna persona jurídica ni entidad socio-económica seria podría contratar con una oligofrénica por muy moderada que aparezca y que no sabe ni siquiera firmar. Se pregunta quién fue el apoderado BBVA del que le recogió la firma, si la demandada no sabe firmar y por tanto no se necesita probar nada más. Que la evidencia es tan clara que no se necesita más, y añade la sentencia que "la apariencia de contrato juega a favor del Banco... " y que la incapaz ha venido recibiendo los extractos bancarios sin objeción. ¿Qué objeción va a oponer una incapaz?. Dice la sentencia apelada "que dicho padecimiento, una deficiencia mental media de...
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