SAP Murcia 243/2007, 3 de Julio de 2007
Ponente | MARIA JOVER CARRION |
ECLI | ES:APMU:2007:1816 |
Número de Recurso | 94/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 243/2007 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
MURCIA
SENTENCIA: 00243/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 002
Domicilio : RONDA DE GARAY S/N MURCIA
Telf : 968 229141
Fax : 968 229138
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2007 0200654
ROLLO : RECURSO DE APELACION 0000094 /2007
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CARAVACA DE LA CRUZ
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000474 /2006
RECURRENTE : Elsa
Procurador/a : FRANCISCO ALEDO MARTINEZ
Letrado/a :
RECURRIDO/A : CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, S.A. CASER
Procurador/a : JOSE RIQUELME MARIN
Letrado/a :
AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 94/07
SECCIÓN SEGUNDA J. Caravaca Uno
MURCIA J.Verbal 474/06
S E N T E N C I A nº 243 / 0 7
Ilmos Sres.
Dª María Jover Carrión
Presidente
D. Fernando López del Amo González
Dª. Julia Fresneda Andrés
Magistrados
En Murcia, a tres de Julio de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal 474/06 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Caravaca Uno entre las partes, como demandante/apelante Doña Elsa representada por el Procurador Sr. Aledo Martínez y defendida por el Letrado Sr. López García, siendo demandada/apelada Caser Seguros, S.A. representada por el Procurador Sr. Riquelme Marín, y defendida por el Letrado Sr. Andúgar Carbonell. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jover Carrión, que expresa la convicción del Tribunal.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 28 de diciembre de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: DESESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Meroño Sabater, en nombre y representación de Doña Elsa contra la compañía de seguros CASER y por tanto ABSUELVO a la entidad CASER de todos los pedimentos en su contra, con expresa imposición de costas a la parte actora."
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de apelante Doña Elsa, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso.
Por el Juzgado de Instancia se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Segunda, formándose el Rollo nº 94/07, y examinados los autos, se señaló el día 3 de Julio de 2007 para deliberación, votación y fallo.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
El tema sometido a debate en alzada coincide con la pretensión formulada en este procedimiento por la actora, siendo desestimada en la sentencia.
Constituye un hecho no cuestionado la suscripción de una póliza de seguros por ambos litigantes, en la que se encontraba cubierto el riesgo de incendio del piso sito en la C/ DIRECCION000 núm. NUM000, NUM001 NUM002, EDIFICIO000 de Caravaca de la Cruz. El 22 de noviembre de 2004 tuvo lugar un incendio en la cocina de la referida vivienda, y una vez conocido el siniestro por la aseguradora, tras la notificación de la demanda en la que se le reclamaba su importe (Juicio Verbal núm.326/05) interpuesto por la ahora demandante, procedió Caser a saldar los daños, terminando el juicio verbal con allanamiento de la aseguradora demandada pero sin imposición de costas, pronunciamiento confirmado por la Sección Tercera de esta Audiencia en sentencia de 30 de marzo de 2006, que desestimó el recurso, en el que la asegurada Sra. Elsa pedía la imposición de costas a la aseguradora, basándose para ello en el artículo 395 de la LEC y en la concurrencia de mala fe de la aseguradora, siendo rechazada tal petición en la sentencia...
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