SAP Burgos 492/2002, 20 de Septiembre de 2002

PonenteMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
ECLIES:APBU:2002:1211
Número de Recurso368/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución492/2002
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 492

En Burgos, a veinte de Septiembre de dos mil dos.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el rollo de Sala núm. 368/2002, dimanante de Juicio Ordinario núm. 433/2001, del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Burgos, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 28 de febrero de 2002, sobre reclamación de cantidad, en el que han sido partes, como demandante-apelado, "AROLEASING SOCIEDAD DE ARRENDAMIENTO FUNANCIERO", con domicilio social en Bilbao, representada por el Procurador don Francisco Javier Prieto Sáez; y, como demandados-apelantes, ASOCIACION DE AYUDA EN CARRETERA "DYA" DE BURGOS; DON Victor Manuel Y DOÑA Lourdes , mayores de edad, con domicilio en Burgos, representados por el Procurador don Diego Aller Krahe. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada doña MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Estimar la demanda interpuesta por "Aroleasing, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A." contra "Asociación de Ayuda en Carretera de Burgos", don Victor Manuel y doña Lourdes , y en su consecuencia: 1.- Declarar la resolución por incumplimiento de los contratos de arrendamiento financiero (leasing) con números NUM000 , NUM001 , NUM002 y NUM003 .- 2.-Condenar a la "Asociación de Ayuda en Carretera de Burgos" a proceder a la inmediata restitución a AROLEASING, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. (Sociedad Unipersonal) de los siguientes bienes de su propiedad identificados en el hecho tercer de la presente demanda:- Furgon Marca Jumper, Modelo 35 LH 25 TDI, número de bastidor NUM004 .-Furgon Marca Jumper, Modelo 35 LH TDI, número de bastidor NUM005 .- Varios para ambulancias: Instalaciones de luces de emergencia, suportos del monitor desfibrilador, antena radio, teléfono, etc.; 2 barras techo soporte 7600x 2; 2 peldaños laterales mecánicos; 2 aroowstick barra, etc.; rotulación de las dos furgonetas; 2 calefactores; 2 altavoces al 100K 100W; amplificador A-500 58-100W, etc.; 2 transformaciones isotérmicas en interior de furgonetas; 2 tacografos.- varios para ambulancias: 2 camillas patas ruedas grandres; 2 portasillas elevado; 2 aspiradores secreccionales laerdal; 2 sillas ambulancias de cuatro ruedas; 2 respiradores volumétricos; 2 tomas de oxigeno con sus botellas, reguladores colectores; 4 tensiometros; 2 pulsiometros portátiles onin 8500. 3.-Condenar, solidariamente, a los demandados al pago a la actora de la cantidad de 15.067, 64 euros en concepto de cuotas debidas e impagas, e indemnización pactada en los contratos del 15 % sobre las cuotas pendientes de vencer, a lo que habrá de añadirse en su momento los intereses de demora según lo pactado contractualmente, esto es 2 % mensual sobre los importes de las cuotas impagadas a devengar desde la fecha en que debió realizarse el pago.-4.- Se imponen expresamente a los demandados las costas del presente procedimiento".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación del demandado, Asociación deAyuda en Carretera "DYA" de Burgos, don Victor Manuel y doña Lourdes , se presento escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a...

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