SAP Castellón 227/2003, 31 de Julio de 2003

PonenteMª Angeles Gil Marqués
ECLIES:APCS:2003:599
Número de Recurso12/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución227/2003
Fecha de Resolución31 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

Dª. Dª. ADELA BARDÓN MARTÍNEZDª. Dª. Mª ANGELES GIL MARQUÉSDª. Dª. CRISTINA DOMENECH GARRET

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN TERCERA

Rollo de apelación civil número 12 de 2003

Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Castellón

Juicio Ordinario número 394 de 2001

SENTENCIA NÚM. 227 de 2003

Ilmas. Sras.:

Presidente:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Magistradas:

Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS

Doña CRISTINA DOMENECH GARRET

En la Ciudad de Castellón, a treinta y uno de julio de dos mil tres.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con las Ilmas. Sras. referenciadas al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día uno de octubre de dos mil dos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Castellón, en los autos de Juicio Ordinario seguidos en dicho Juzgado con el número 394/01.

Han sido partes en el recurso, como apelante, la mercantil Agrícola Éxito, S.L., representada por la Procuradora Dª Pilar Sanz Yuste y defendida por el Letrado D. Fernando Badenes-Gasset Ramos, y como apelada, la mercantil Corporación M-2, S.A., representada por la Procuradora Dª Carmen Rubio Antonio y defendidapor el Letrado D. Juan Roig Prats.

Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES GIL MARQUÉS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "Que desestimando la demanda formulada por el Procurador D. Pilar Sanz en nombre y representación de Agrícola Éxito, S.L. contra Corporación M" S.A., debo absolver al demandado de los pedimentos del presente procedimiento. Y todo ello con expresa imposición de costas a la demandante.- Notifíquese...-Así...".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Agrícola Éxito, S.L., se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, haciendo las alegaciones que estimó procedentes y solicitando se señale día y hora para la celebración de vista y, en definitiva, la nulidad de lo actuado desde el instante previo a la celebración del juicio o en su defecto, para que dicte Sentencia en primera instancia el Juzgador que dirigió el mismo, y entodo caso, con revocación de la sentencia apelada, dictar otra de conformidad con el "petitum" de nuestro escrito de demanda, solicitando asimismo por otrosí digo el recibimiento del pleito a prueba en esta segunda instancia, proponiendo la practica de prueba documental.

Se dio traslado a la parte contraria, Corporación M2,S.A., que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando que se señale día y hora para la celebración de vista y, en su día, se dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto, confirmando en todas sus partes la sentencia apelada, e imponiendo las costas de la alzada a la parte apelante; y por otrosí digo, se solicitó la no admisión de los medios de prueba solicitados por la parte apelante.

Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

Por Providencia de fecha 23 de enero de 2003 se formó el presente Rollo y se designó Magistrada Ponente, y por Auto de12 de febrero de 2003 se inadmitió la prueba solicitada, quedando pendiente de señalar para deliberación y votación, y por Providencia de fecha 10 de Junio de 2003 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 17 de junio de 2003, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal, excepto el plazo legal para dictar la presente resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

NO SE ACEPTAN los expuestos en la resolución apelada,

PRIMERO

El primer motivo del recurso de apelación formulado por la representación procesal de la actora, Agrícola Éxito S.L., consiste en solicitar que se declare la nulidad de las actuaciones, por infracción de lodispuesto en los artículos 137 y 194 de la L.E.Civil, por no haber sido la Juez que dirigió la vista, presenció las pruebas y oyó las...

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