SAP Valencia 75/2003, 29 de Enero de 2003

PonenteMARIA MESTRE RAMOS
ECLIES:APV:2003:525
Número de Recurso672/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución75/2003
Fecha de Resolución29 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

D. Alberto Jarabo CalatayudDª. Dª. María Mestre RamosDª. Dª. Olga Casas Herraiz

ROLLO DE APELACION 02-0672

SENTENCIA Nº 75

ILUSTRISIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

Don Alberto Jarabo Calatayud

MAGISTRADOS

Doña María Mestre Ramos

Doña Olga Casas Herraiz

En la ciudad de Valencia a veintinueve de enero del año dos mil tres.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos.Sres.Magistrados anotados al margen, siendo ponente María Mestre Ramos, ha visto el presente recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de fecha 20 de febrero de 2.002 dictada en AUTOS DE JUICIO DECLARATIVO DE MENOR CUANTIA 717/00 tramitados por el Juzgado de Primera Instancia Quince de los de Valencia.

Han sido parte en el recurso, como APELANTE LA ENTIDAD MERCANTIL BURBERRY LIMITED representada por el Procurador de los Tribunales DOÑA FLORENTINA PEREZ SAMPER así stida del Letrado DON ALEJANDRO ANGULO LAFORA; y como APELADA LA ENTIDAD MERCANTIL TEXTILES VIBER SA representada por el procurador de los Tribunales DOÑA ESPERANZA DE LA FUENTE GRAU así stida de Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de fecha 20 de febrero de 2.002 contiene el siguiente Fallo:" Que desestimando la demanda formulada por el procurador Doña Florentina Peréz Samper en nombre y representación de BURBERRY LIMITED contra TEXTILES VILBER SA debo absolver y absuelvo a dicha demandada de los pedimentos contra ella dirigidos y con imposición de costas a la actora."

SEGUNDO

La Sentencia dictada establece que por la representación de la parte actora se presentó demanda ejercitando acciones por infracción de marcas, competencia desleal y nulidad del dibujo industrial nº 25.844 registrado a favor de la demandada. Partiendo de establecer las consideraciones jurídico sustantivas relativas al derecho que ostenta el titular de una marca registrada, se dice que en el caso de autos la demandante tiene registrados como marcas, el cuadrado que denomina Burberry Check, y en concreto las marcas 1.074.150, 1.074.152 siendo en ambos casos lo protegido una figura cuadrangular cuya característica fundamental es que sus cuatro lados están conformados por una serie de trazos rectos de disposición en paralelo que se superponen entre si, quedando un espacio central a modo de hueco, dicha cuadrícula reivindica una serie de colores para mayor caracterización. La demandada tiene registrado un dibujo industrial nº 25.844 los cuales presenta un numero variable de contornos y variada separación para formar una pluralidad de cuadros, y junto a estos elementos ornamentales como estribos, correajes, fustas, látigos, sillas de montar. Partiendo de dichos hechos acreditados y de lo que debe entenderse por semejanza, en el caso de autos no existe confusionismo por cuanto la actora solo tiene cuadricula y la demandada tiene cuadricula con otros elementos ornamentales. Son diferentes dado que debe verse el dibujo en su conjunto y no separado. El actor solo puede reivindicar la marca como la inscribió y sin que el añadido -elemento ornamental- le conceda la protección que reivindica. No existe la semejanza que conduzca a confusión. Se imponen las costas a la parte actora.

TERCERO

Notificada la sentencia a las partes, LA ENTIDAD MERCANTIL BURBERRY LIMITED previa preparación interpuso recurso de apelación alegando que la sentencia incurre en una serie de errores y omisiones: a) error en cuanto al ámbito comparativo para determinar el riesgo de confusión -el tejido infractor reproduce el cuadro característico de la actora añadiéndole accesoriamente elementos decorativos de animales pero resalta el cuadro. El dibujo industrial de la demandada no se utiliza (documento 25-documentos 19, 19 bis y 30)como realmente se solicito y registro. El registro del dibujo industrial es un mero acto de cobertura. La actora utiliza la cuadrícula bien a solas o juntamente con otros elementos -perros y caballos- ; b)la conclusión de que no existe riesgo de confusión. Se deben tener en cuenta elementos adicionales. c) omisiones -SE ha ejercitado además de confusión, infracción y nulidad. Se han ejercitado acción de nulidad del modelo industrial por haberse solicitado con mala fe, acción de infracción basada en la Ley de Marcas fundado en riesgo de error y confusión y por aprovechamiento indebido de reputación ajena. Acción basada en infracción de la Ley de Competencia desleal e indemnización de daños y perjuicios. 1)se ejercita acción de nulidad del dibujo industrial nº 25.844 por haberse solicitado en fraude de ley, abuso de derecho y manifiesta mala fe pues la demandada no puede negar el conocimiento del Burberry Check, porque bajo la apariencia de legalidad de las normas jurídicasque en principio le legitiman ha usurpado la misma. El tejido fabricado por la demandada ha usurpado el cuadro característico de la actora como fondo predominante de la totalidad del tejido y añadiendo una forma accesoria; por carecer del requisito de novedad, quedando acreditado la falta de novedad del dibujo de la demandada de los documentos 1 a 13/17-18de la demanda, quedando acreditada la confundibilidad del dibujo con las marcas 1.074.150 y 1.074.152 así como reproduce dibujos constitutivos de dichas marcas. 2) concretados en el riesgo de confusión infracción de las marcas Burberry LTD, en base al art.12 y 13LM por evidente semejanza gráfica y de aprovechamiento indebido de la reputación de la parte actora que los consumidores asocian a las marcas de la parte actora que protegen el Burberry Check(art.6 bis CUP, art.5-2Directiva Comunitaria de Marcas y art.16 de los Acuerdos ADPIC. 3)sobre competencia desleal cometida por la actora y la omisión de la sentencia al respecto por implicar actos contrarios a las exigencias de la buena fe, ser acto de confusión, de imitación y de explotación de la reputación ajena. Art. 5, art 6, art 11 y art.12 de la Ley de Competencia Desleal. 4)en cuanto a la indemnización de daños y perjuicios se omite cualquier mención. La infracción por si da automáticamente la producción de un perjuicio. Solicitando se estime el recurso y se revoque la sentencia de primera instancia acordando la estimación de la demanda con imposición de costas a la parte demandada.

CUARTO

El Juzgado dio traslado a la parte contraria, LA ENTIDAD MERCANTIL TEXTILES VILBER SA presento escrito de oposición.

QUINTO

Las pruebas que se han practicado en primera instancia y que son objeto de nueva valoración por el Tribunal han sido: 1.-Documentos adjuntos a la demanda. Folios 95-125. 2.-Documentos adjuntos al escrito de contestación. Folios 161-188. 3.-Carta remitida por D.

Luis Miguel

. Folio 206. 4.-Muestrario de la entidad demandada. 5.-Testifical:DON Luis Miguel

. Folio 241.

SEXTO

Recibidos los autos por este Tribunal, no fue propuesta prueba, y se señaló el día 28 de noviembre de 2.002 para deliberación y votación, que se verifico quedando seguidamente para dictar resolución.

SEPTIMO

Se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia dado el cumulo de asuntos que pesan sobre la ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución apelada

PRIMERO

Las cuestiones planteadas por la parte apelante, entidad mercantil Burberry Limited en virtud del recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia se concretan en resolver si procede declarar la nulidad del dibujo industrial nº 25.844 por haberse solicitado en fraude de ley, abuso de derecho y manifiesta mala fe; si procede declarar la infracción de las marcas Burberry LTD, en base al art.12 y 13 Ley de Marcas concretada en el riesgo de confusión y aprovechamiento de la reputación ajena; si se ha infringido por la entidad demandada los artículos 5, art. 6, art 11 y art.12 de la Ley de Competencia Desleal; y si procede declarar el derecho a ser indemnizada la parte apelante demandante por la parte apelada demandada por los daños y perjuicios.

SEGUNDO

Establecidas las cuestiones objeto del recurso de apelación interpuesto por la entidad mercantil Burberry LTD contra la Sentencia de fecha 20 de febrero de 2.002, la resolución en esta alzada se debe iniciar determinando si entre el dibujo industrial nº 25.844...

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