SAP Huelva, 15 de Marzo de 2004
Ponente | GUADALUPE SEGOVIA TALERO |
ECLI | ES:APH:2004:292 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
SECCION TERCERA
Rollo núm. 42/04
Autos de Juicio Ordinario núm. 597/02
Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Huelva
S E N T E N C I A
Iltmos. Sres.
Presidente
D. Antonio Germán Pontón Práxedes
Magistrados
D. Luis Guillermo García Valdecasas y García Valdecasas
Dª. Guadalupe Segovia Talero
En Huelva, 15 de marzo de dos mil cuatro.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados anotados al margen, y bajo la Ponencia de la Iltma. Sra. Dª. Guadalupe Segovia Talero, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario núm. 597/03 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Huelva, seguidos en virtud del recurso interpuesto por Jose Francisco , representado por el Procurador D. Joaquín Domínguez Pérez y defendido por el Letrado D. Manuel Jesús Mariano Romero, siendo parte apelada COLUMBUS S.A. S. COOP. ANDALUZA, representada por el Procurador D. Ignacio Portilla Ciriquian y defendido por el Letrado D. Francisco Javier Muñoz González.
ANTECEDENTES DE HECHOS
Aceptamos los correspondientes de la sentencia apelada.
La Iltma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Huelva dictó sentencia en el procedimiento arriba referenciado con fecha 30 de Septiembre de 2003, cuya parte dispositiva dice así: ,Que desestimando la demanda presentada por D. Jose Francisco , representado por el Procurador Sr. Domínguez Pérez, contra la entidad COLUMBUS S.A., representada por el Procurador Sr. Portilla Ciriquián, debo absolver y absuelvo a la demandada de las acciones que contra ella se ejercitaban, imponiendo al actor las costas de este procedimiento.
Notificada dicha sentencia a las partes, por la actora se interpuso recurso de apelación contra la misma, recurso que fue admitido y al que se opuso la parte contraria. Remitidos los autos originales a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, señalándose el día de hoy para deliberación y fallo.
Impugna el apelante la sentencia que, estimando la excepción de falta de legitimación pasiva, desestima la demanda presentada al no haber participado la demandada en la elaboración del contenido de la página web que vulnera, con la aparición de unas fotografías de propiedad del actor, los derechos de propiedad intelectual de éste. Alega el apelante que resulta probada la vulneración de sus derechos de propiedad intelectual con la introducción de 27 fotografías propiedad del actor, así como la responsabilidad solidaria de la demandada en los daños causados al actor por el plagio. La parte apelada, con carácter previo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Tribunal supremo y otros tribunales
...demandado una persona asalariada no puede impedir la actuación de la empresa para la que presta sus servicios. SENTENCIA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA DE 15 DE MARZO DE 2004 (Sección 3.a) Aunque la incorporación inconsentida de fotografías ajenas a una página web es una vulneración de la p......