SAP Lugo 135/2000, 25 de Febrero de 2000

PonenteMODESTO PEREZ RODRIGUEZ
ECLIES:APLU:2000:190
Número de Recurso333/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución135/2000
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO 135

Istmos. Señores

Presidente

Don Modesto Pérez Rodríguez

Magistrados

Don Francisco Caamaño Pajares

Don Andrés Neira Medín

En la Ciudad de Lugo a veinticinco de febrero de dos mil.

La Iltma Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala nº 333 de

1.999, dimanante de los autos del juicio de interdicto número 425 de 1.998 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 5 de Lugo , sobre recobrar la posesión, siendo apelantes los demandantes don Luis Miguel , don Leonardo , Doña Marí Juana y don Benjamín , representados por el Procurador Sr. Laguela Andrade y bajo la dirección del Letrado D. mauro Varela Pintos, y como apelado el demandado don Carlos Daniel , representado por la Procuradora doña Maria Angeles Fernandez Peinado y asistido del letrado D. J.

  1. Amarelo Fernandez y siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Modesto Pérez Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Que con fecha 7 de julio de mil novecientos noventa y nueve por el juzgado de Primera Instncia e Instrucción número 5 de Lugo se dictó una sentencia cuya parte dispositiva dice FALLO Que dese mando la demanda planteada por el Procurador Laguela Andrade en nombre y representación de D. Luis Miguel y otros, contra don Carlos Daniel , debe absolver y absuelvo a este de las pretensiones deducidas contra el mismo, todo ello sin perjuicio de tercero y con reserva a las partas del derecho que puedan tener sobre la piedad o sobre la posesión definitiva el que podrán utilizar en el juicio correspondiente.- No se hace especial condena en costas.-2º.- En contra de la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por las partes actoras que fue admitido en ambos efectos elevándose los autos a esta audiencia Provincial, previa emplazamiento de las partes a fin de que comparecieran ante la misma lo que así hicieron en tiempo y forma dicha porte recurrente y la parte demandada como apelada, a las que se les dió traslado para su instrucción y una vez hubieron evacuado éste trámite se señaló fecha para la vista la que tuvo lugar el día 16 de febrero de 2000 a las 11,30 horas, en cuyo acto por los Letrados de las partes se hicieron las respectivas peticiones que constan en autos.

  2. Que en estos autos se han, observado en ambas instancias todas las formalidades legales.-Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada.Se aceptan losFundamentos de Derecho de la...

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