AAP Madrid 62/2004, 26 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:898
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución62/2004
Fecha de Resolución26 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION DECIMOSEXTA

MADRID

ROLLO: 21/2004 RP

ORGANO DE PROCEDENCIA: JDO. PENAL Nº2 DE ALCALA DE HENARES

PROCEDIMIENTO DE ORIGEN: P.A. 338/2003

SENTENCIA Nº62/2004

ITMOS/AS SRES/AS MAGISTRADOS/AS DE LA SECCION XVI

MIGUEL HIDALGO ABIA

Dª. CARMEN LAMELA DIAZ

Dª. ROSA BROBIA VARONA

En Madrid, a veintiseis de enero de dos mil cuatro.

Vistas, en segunda instancia, ante la Sección XVI de esta Audiencia Provincial, las diligencias del Procedimiento Abreviado 338/2003, procedentes del Juzgado de lo Penal nº2 de Alcalá de Henares. Seguidas por delito de robo con intimidación contra Pedro Jesús, venidas al conocimiento de esta Sección en virtud del recurso de apelación que autoriza el artículo 796.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por el procurador don José Ignacio Osset Rambaud, en representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, contra la sentencia pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº2 de Alcalá de Henares, con fecha 1/11/03; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso dicho apelante y como parte apelada, el Ministerio Fiscal, y la procurador doña María del Mar Elipe Martín, en representación de Pedro Jesús; siendo Ponente el ilustrísimo señor Magistrado don MIGUEL HIDALGO ABIA, Presidente de esta Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La indicada sentencia, de la que se acepta su relación de trámites como tales antecedentes, contiene parte dispositiva del tenor literal siguiente:

FALLO: "Que debo condenar y de hecho condeno a Pedro Jesús, como autor de un delito de robo con intimidación, apreciando atenuante analógica de anomalía psíquica y agravante de reincidencia, a la pena de trece meses de prisión e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución el procurador don José Ignacio Osset Rambaud, en representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, interpuso recurso de apelación y, admitido a trámite dicho recurso, fueron elevadas las actuaciones ante esta Audiencia Provincial, señalándose día y hora para su deliberación.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han cumplido las prescripciones legales.

II.HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos...

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