SAP Granada 54/2007, 9 de Febrero de 2007
Ponente | JOSE REQUENA PAREDES |
ECLI | ES:APGR:2007:319 |
Número de Recurso | 493/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 493/06 - AUTOS Nº 110/04
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE GRANADA
ASUNTO: J. ORDINARIO
PONENTE SR. REQUENA PAREDES
S E N T E N C I A N Ú M. 5 4
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D.JOSÉ REQUENA PAREDES
MAGISTRADOS
D.ANTONIO GALLO ERENA
D.JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT
En la Ciudad de Granada, a nueve de Febrero de dos mil siete.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 493/06- los autos de J. Ordinario nº 110/04, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada, seguidos en virtud de demanda de D. Víctor y D. Juan Pedro, contra D. Francisco y otros.
Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha ocho de Marzo de dos mil cinco, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, teniendo por desistida a la parte actora respecto de los demandados, D. Francisco, D. Jose Manuel y D. Andrés, y estimando parcialmente la demanda presentada por Dña. Carmen Parera Montes, en nombre y representación de D. Víctor y D. Juan Pedro, contra Elvira 117 S.L., debo condenar y condeno a la citada sociedad demandada a que satisfaga a los actores la cantidad de veinticinco mil trescientos ochenta y cuatro euros (25.384), con los intereses legales desde la interpelación judicial. Todo ello, con imposición a cada parte de las costas causadas a su instancia, y las comunes por mitad.".
Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, D. Francisco y D. Jose Manuel, una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.
Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ REQUENA PAREDES.
Los actores formularon demanda en reclamación de cantidad derivadas de determinada relación contractual contra la sociedad demandada y contra cada uno de sus tres administradores. Emplazados todos los administradores alegaron su falta de legitimación pasiva para soportar la demanda a título personal al no ser parte en la relación contractual concertada entre los actores y la sociedad en cuyo nombre actuaron. Conocida la contestación los actores formularon expreso desistimiento a esa acumulación subjetiva de acciones. Convocadas las partes a la Audiencia Previa, al no haber requerido antes a la demandada ya personadas para que se pronunciaran sobre el desistimiento ni hacerlo ellos por su cuenta, en ese trámite la representación y defensa que era igual para todos los codemandados, aunque contestaron por separado, mostraron conformidad con el desistimiento al tiempo que solicitaron la condena en costas. El Juzgado no resolvió sobre el desistimiento, celebró juicio y dictó sentencia en la que condenando parcialmente a la sociedad demandada sin imposición de costas tuvo por desistida a la actora del resto de los demandados a los que...
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