SAP Baleares 7/2007, 30 de Enero de 2007

PonenteMANUEL ALEIS LOPEZ
ECLIES:APIB:2007:122
Número de Recurso243/2006
Número de Resolución7/2007
Fecha de Resolución30 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

Sección 001

Rollo: 243 /2006

Órgano Procedencia: Juzgado de instrucción número 7 de Palma de Mallorca

Proc. Origen: Juicio de faltas número 55/06

SENTENCIA núm. 7/ 2.007

En PALMA DE MALLORCA, a 30 de Enero de 2.007.

Vistos por mí, MANUEL ALEIS LÓPEZ Magistrado/a de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, con destino en la Sección Primera, los presentes Autos correspondientes a la causa registrada como Rollo nº. 243/06 en trámite de APELACION contra la Sentencia número 334/06 de fecha 06/07/06, recaída en el JUICIO DE FALTAS número 55/06, seguido ante el Juzgado de Instrucción nº. 7 de Palma de Mallorca, en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa registrada ante el mencionado Juzgado y con la fecha indicada, recayó Sentencia cuya parte dispositiva dice: " Que debo condenar y condeno a Laura a la pena de 15 días de multa a razón de 6 euros diarios; y no ha lugar a dictar orden de alejamiento"

SEGUNDO

Que habiendo interpuesto recurso de apelación por parte de Dña. Laura contra dicha Sentencia, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas en forma legal, solicitando la representación de Dña. Lourdes la confirmación de la resolución recurrida.

TERCERO

Remitidas y recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, se verificó reparto con arreglo a las disposiciones establecidas en el artículo 1-2, apartado sexto, de la Ley Orgánica 7/1.988, de 28 de diciembre, y las asimismo establecidas para esta Sección Primera, quedando la causa pendiente de resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales vigentes.

Sometido el conocimiento pleno de lo actuado a esta Audiencia Provincial, y habiendo correspondido por turno de reparto a este Magistrado, procede declarar y declaro como hechos probados los recogidos en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia impugnada, y

PRIMERO

La Sentencia apelada condena a Dña. Laura como autora de una falta prevista en el artículo 620 del CP al considerar acreditado que el día 29 de Enero de 2.006 le dijo "eres una zorra" a Lourdes cuando ésta se hallaba desarrollando su trabajo como enfermera

Alega la recurrente, Sra. Laura, que debe declararse la nulidad del Juicio celebrado por ausencia de notificación personal de la fecha de su celebración a la denunciada, considerando que resulta insuficiente, a estos efectos, la remisión de una fax al despacho profesional del Letrado que la asiste y que niega haber recibido.

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