SAP Santa Cruz de Tenerife 254/2007, 30 de Marzo de 2007
Ponente | ANA ESMERALDA CASADO PORTILLA |
ECLI | ES:APTF:2007:692 |
Número de Recurso | 56/2007 |
Número de Resolución | 254/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 254/ 2007
En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de marzo de 2007.
Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. el Rey, por el Iltmo. Sr. D./Dña. Ana Esmeralda Casado Portilla de la Audiencia Provincial Sección Segunda, el JUICIO DE FALTAS nº 0000485/2006 ; del Juzgado de Instrucción nº3 de La Laguna, y habiendo sido partes, de la una y como apelante D./Dña. Cristobal, ejercitando la acción pública el Ministerio Fiscal.
Que por el JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 3 de LA LAGUNA, resolviendo en el referido JUICIO DE FALTAS, con fecha 27 de diciembre de 2006, dicta sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " ABSUELVO a D. Mauricio de los hechos enjuiciados imputados en esta causa, con expresa reserva de acciones civiles a favor del perjudicado y con declaración de las costas de oficio ".
Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos: " Ha sido probado y así expresamente se declara que el día 24 de junio de 2005 sobre las 20:40 horas, D. Cristobal circulaba en el ciclomotor H.... HLC por la C/ San Agustín de La Laguna y se percató de que en dicha vía, a la altura del número 24, había una furgoneta Citröen Berlingo matrícula....-DKD conducida por su propietario D. Mauricio, con seguro de responsabilidad civil en vigor en la compañía Axa, el cual tenía el intermitente accionado porque se disponía a estacionar en el lado izquierdo de la calle, no obstante lo cual, D. Cristobal decidió realizar una maniobra de adelantamiento por la izquierda del vehículo, sin respetar las medidas mínimas de seguridad y sin respetar la maniobra de adelantamiento que ya estaba realizando el conductor de la furgoneta, colisionando con el espejo retrovisor, perdiendo el control del ciclomotor, impactando contra el guardalodos delantero izquierdo, desplazándose hacia la izquierda hasta colisionar con el vehículo Seat Ibiza matrícula QD-....-QD que se encontraba correctamente estacionado en el margen izquierdo de la calzada, saliendo despedidos el ciclomotor y el conductor.
Como consecuencia del accidente D. Cristobal sufrió fractura compleja acetábulo derecho precisando para su curación tratamiento quirúrgico, tardando en curar de sus lesiones 345 días los cuales fueron impeditivos para sus quehaceres habituales, con secuelas consistentes en material de osteosíntesis en la cadera derecha (2 tornillos, placa y dos cables de Biomet en trocanter) (1-10 puntos); limitación de los últimos grados de rotaciones (1-3 puntos); cicatriz de 18 cm con marca de los puntos de sutura en la cara externa de la cara derecha (perjuicio estético ligero); agravación parcial del cuadro ansioso previa al ir en vehículos (otros trastornos neuróticos en grado leve) (1-5 puntos) ".
Que impugnada la sentencia, con emplazamiento de las partes se remitieron a este Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente rollo y señalándose la resolución de la apelación que tuvo lugar el 30 de marzo de 2007.
Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia apelada.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba