SAP Lugo 226/2000, 23 de Marzo de 2000

PonenteFRANCISCO CAAMAÑO PAJARES
ECLIES:APLU:2000:315
Número de Recurso477/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución226/2000
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 226

Iltmos Señores

Presidente

Don Remigio Conde Salgado

Magistrados

Don Modesto Pérez Rodríguez

Don Francisco Caamaño Pajares

En la Ciudad de Lugo a veintitrés de marzo de dos mil.

La Iltma Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala nº 477/99, dimanante de los autos del juicio de menor cuantía número 133 de 1.998 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número UNO de Lugo , sobre instalación de ascensor; siendo apelante la demandada doña Flora , representada por el Procurador D. Jesús Herrero Fernández y asistida del Letrado don José Ramón Tato Herrero, y como apelado la parte demandante DIRECCION000 Lugo, representada por la Procuradora doña Erlina Sabariz García y bajo la dirección del Letrado Don Juan C. Rodriguez Maseda, y siendo Ponente el Magistrado Iltmo Sr Don Francisco Caamaño Pajares.-ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Que con fecha diez de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número UNO de Lugo, se dictó una sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO: Que estimando la demanda que dedujo la DIRECCION000 , de Lugo, contra doña Flora , debo declarar y declaro 1º) que es procedente y por lo tanto procede autorizar a la DIRECCION000 la instalación de un ascensor en el inmueble; 2) que las condiciones concretas, técnicas y económicas de tal ascensor deben ser dedicadas en Junta de Propietarios y por el sistema de mayoría. 3º) que todos los propietarios deben atender a los gastos de instalación y mantenimiento del ascensor, en función de su cuota de participación respectivas en la Comunidad de Propietarios establecida en la escritura de propiedad horizontal Y debo condenar y condeno a la demandada doña Flora a estar y pasar por tales pronunciamientos y también al pago de todas las costas causadas, en la tramitación de este juicio de menor cuantía.

  2. - En contra de la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada que admitido en ambos efectos elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes a fin de que comparecieran ante la misma a usar de sus derechos, lo que así hicieron en tiempo y forma dicha parte recurrente y la parte demandante como apelada a los que se les dio traslado para su instrucción y una vez hubieron evacuado éste trámite se señaló fecha para la vista la que tuvo lugar el día 20 de marzo de 2.000 a las 12 horas, en cuyo acto...

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