SAP Barcelona, 4 de Enero de 2002

Número de RecursoRecurso nº 671/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 4 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCION Decimocuarta

ROLLO Nº 671/2000

DECLARATIVO MENOR CUANTÍA Nº 199/1999

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 3 VILAFRANCA DEL PENEDÉS

S E N T E N C I A Núm.

Ilmos. Sres.

Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUES

Dª. MARTA FONT MARQUINA

Dª. MONTSERRAT NEBERA GONZÁLEZ

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de enero de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Declarativo menor cuantía, número 199/1999 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 3 Vilafranca del Penedés, a instancia de D./Dª. ANTONIO B. E. D. FRANCISCO JAVIER BAYOT ESTRUCH, Dª TERESA B. E. representado/a por el/la Procurador/a D./Dª. ARACELI G. G. y dirigido por el/la Letrado/a D./Dª. MONTSERRAT A. F. contra D./Dª. MONTSERRAT B. E. representado/a por el/la Procurador/a D./Dª. ANGEL Q. R. y dirigido por el/la Letrado/a D./Dª. EDUARDO L. L. los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por D./Dª. MONTSERRAT B. E. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de abril de 2000, por el Sr J. del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda deducida por la Procuradora Sra. MARIGO en nombre y representación de DON ANTONIO, FRANCISCO JAVIER Y Dª TERESA B. E. debo Ordenar que Dª Montserrat B. E. haga entrega de los legados a los actores más los frutos y rentas que deberán determinarse en ejecución de sentencia; Y que abone a Dª Teresa 6.974.413.-ptas en concepto de complemento de legitima, y a Dª. Francisco J. 9.888.073.-ptas más los intereses legales, desde la interposición de la demanda debiendo cada parte asumir las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por D./Dª. MONTSERRAT B. E. y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 3 de octubre de 2001, acordándose para mejor proveer, la práctica de determinadas diligencias, con el resultado que es de ver en el rollo.

TERCERO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D./Dª. Mª. EUGENIA ALEGRET BURGUES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan, salvo en lo que vengan contradichos por los siguientes, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO.- La parte demandada recurre la sentencia dictada en primera instancia por varios votivos. En primer lugar destaca que no se ha probado que la Sra M. B. obstaculizara el pago de los legados debidos a sus hermanos, actuando siempre de buena fe, de otro sostiene que se ha vulnerado su derecho a la defensa al no dejarle realizar determinadas aclaraciones al informe pericial solicitado en primera instancia por la otra parte, amen de no haberse valorado correctamente dicha prueba. Se impugna también el cálculo de la legitima realizado en la sentencia al partirse de una errónea valoración de los bienes de la herencia.

SEGUNDO.- Pues bien, en relación con la primera cuestión resulta intrascendente desde el punto de vista jurídico si la Sra M....

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