SAP Valladolid 133/2007, 15 de Junio de 2007

PonenteMIGUEL ANGEL DE LA TORRE APARICIO
ECLIES:APVA:2007:541
Número de Recurso403/2007
Número de Resolución133/2007
Fecha de Resolución15 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00133/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALLADOLID

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000403 /2007

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000024 /2007

JDO. DE LO PENAL n003 de, VALLADOLID

SENTENCIA Nº 133/07

ILMOS. SRES.

D. Feliciano Trebolle Fernández

D. Fernando Pizarro García

D. Miguel Ángel de la Torre Aparicio

En VALLADOLID, a quince de Junio de dos mil siete.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, el presente procedimiento penal, dimanante del JDO. DE LO PENAL nº3 de, VALLADOLID, por delito de lesiones y falta de lesiones, seguido contra Iván, siendo partes, como apelante Iván, defendido por el Letrado Sr. SANCHEZ GIRON Martín y representado por la Procuradora Sra. García Prada y, como apelado MINISTERIO FISCAL.

Ha sido Ponente el Magistrado D. Miguel Ángel de la Torre Aparicio

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juez JDO. DE LO PENAL nº3 de, VALLADOLID, con fecha 10.04.07 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos:

ÚNICO.- Sobre las3'30 horas del día 4 de junio de 2006, el acusado, Iván, mayor de edad y sin antecedentes penales, abordó en la calle Empecinado, de Valladolid, a Fermín y le propinó un fuerte empujón que le hizo caer al suelo, a consecuencia de lo cual sufrió una luxación del hombro derecho para cuya curación precisó tratamiento médico- quirúrgico, consistente en reducción e inmovilización, tardando en sanar 16 días, con igual tiempo de impedimento para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela dolor en la movilidad forzada del hombro. Minutos después, el acusado volvió a acercarse a Fermín, cuando éste se dirigía a curarse al Hospital Clínico, acompañado de Ángel Daniel, y golpeó a ambos con un cinturón de hebilla metálica, causando al segundo heridas inciso contusas en la ceja y la zona malar izquierdas que curaron, con una única asistencia facultativa, en ocho días, dejando como secuelas una cicatriz de un centímetro en la ceja y otra, de menores dimensiones, en la zona malar. Ambos lesionados ocasionaron a SACYL gastos por importe de 158'80 euros.

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

"Que debo condenar y condeno a Iván, como autor responsable de un delito y una falta de lesiones, infracciones precedentemente definidas, con la concurrencia de la circunstancia eximente incompleta de intoxicación etílica, a las penas de cuatro meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial durante igual tiempo para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por el delito, y seis días de localización permanente, por la falta, así como al pago de las costas procesales y a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice a Fermín en 3.680 euros, a Ángel Daniel en 1.520 €, ya SACYL en 158'80€, cantidades que devengarán el interés legal, incrementado en dos puntos, desde la fecha de esta sentencia."

Por auto de 19.04.07 se acordó "Rectificar la sentencia de fecha 10 de abril de 2.007 en el particular concerniente al segundo apellido del acusado, debiendo constar Iván ".

TERCERO

Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal de Iván, que fue admitido en ambos efectos y practicados los traslados oportunos, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal y no habiéndose propuesto diligencias probatorias, al estimar la Sala que no era necesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia, previa deliberación.

CUARTO

Como fundamentos de impugnación de la sentencia, se alegaron sustancialmente los siguientes:

- Error en la apreciación de las pruebas

- Infracción de precepto legal

QUINTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Se aceptan los contenidos en la sentencia recurrida y se dan por reproducidos, con la corrección material llevada a cabo en el auto de aclaración de que el segundo apellido de Iván y no Andrés.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acusado Iván apela la sentencia de instancia que le condena como autor de un delito de lesiones, inferido sobre Fermín, y de una falta de lesiones respecto de Ángel Daniel, a la pena de cuatro meses de prisión por el delito y seis días de localización permanente por la falta, así como al pago de 3.680 euros de indemnización al Sr. Fermín, de 1.520 euros a favor del Sr. Ángel Daniel, y de 158'80 euros al Sacyl.

A través del recurso solicita la absolución del delito de lesiones y, en su lugar, se le condene por una falta de lesiones del art. 617-1 del C. Penal. De forma subsidiaria considera excesiva la responsabilidad civil.

SEGUNDO

Como primer motivo de recurso se alega error en la apreciación de la prueba al entender que el Sr. Fermín, para la curación de su hombro, no precisó tratamiento médico quirúrgico...

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