SAP Madrid 128/2006, 9 de Abril de 2006

PonenteMARIA CATALINA PILAR ALHAMBRA PEREZ
ECLIES:APM:2006:16313
Número de Recurso4/2006
Número de Resolución128/2006
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

SENTENCIA Nº 128

Rollo A- 4/06

P. Abreviado 280/2004

J. Instr. 2 Madrid

Magistrados:

Pilar OLIVAN LACASTA

Carlos MARTIN MEIZOSO

Pilar ALHAMBRA PEREZ (ponente)

En Madrid a 9 de abril de 2006

Este Tribunal ha visto en juicio oral y público la causa arriba referenciada, seguida por un delito de lesiones.

La acusación particular, ejercida por Constantino, ha presentado escrito de calificación contra Fermín, mayor de edad, sin antecedentes penales, con DNI NUM000, y contra Inocencio, mayor de edad, sin antecedentes penales, y con DNI NUM001, asistidos del letrado, D. Jesús León Solís y del Abogado del Estado, D. Alejandro Ventas de la Fuente.

La acusación particular ha sido asistida de la letrada Doña María Pilar Sánchez Nieto.

El Ministerio Fiscal ha presentado calificación absolutoria.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. En la vista del juicio oral, celebrada el pasado cuatro de abril, se practicaron las siguientes pruebas: interrogatorio de los acusados, testifical de Rubén y Constantino, y documental.

  2. La acusación particular calificó los hechos como constitutivos de un delito de lesiones, con aplicación del subtipo agravado del artículo 148.1º CP. Imputó la responsabilidad en concepto de autores a los dos acusados, Fermín y Inocencio, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y solicitó que se les impusiera la pena a cada uno de ellos de dos años y ocho meses de prisión con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión por tiempo de dos años y pago de costas, debiendo indemnizar ambos acusados a Constantino en 493,45 euros por las lesiones sufridas, más los intereses que por ley correspondan.

  3. El Ministerio Fiscal y las defensas solicitaron la libre absolución de ambos acusados.

Sobre las 6,15 horas del día 5 de junio de 2003, se encontraban en el metro de Valdezarza, sito en la calle San Restituto de Madrid, en una zona ajardinada, Rubén y Constantino hablando en voz alta y con un objeto entre las manos. En ese momento llegaron los Policías Nacionales que han sido acusados, números NUM002 y NUM003, vestidos de paisano y con un vehículo camuflado, puesto que habían sido avisados que por la zona se estaban produciendo robos, y requirieron a ambas personas para que se identificaran, momento en que comenzó un forcejeo con los agentes, resultando éstos lesionados, hechos que se tramitan en otro procedimiento, y Constantino resultó con contusiones, traumatismo craneal leve y contractura cervical postraumática, de las que tardó en curar 14 días, de los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales durante siete días, precisando para su curación inmovilización y tratamiento farmacológico, sin que haya quedado acreditado que dichas lesiones se las produjeran los agentes de forma voluntaria.

MOTIVACIÓN

PRIMERO

Se imputa a los agentes de Policía Nacional acusados un delito de lesiones, tipificado...

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