AAP Madrid 493/2003, 10 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:11006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución493/2003
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Juicio de Faltas nº 1812/2002

Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid

Rollo de Sala nº 208/2003

ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 493/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID)

SECCIÓN CUARTA

)

ILMO. SR. MAGISTRADO

)

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ )

)

En Madrid, a diez de octubre de dos mil tres.

Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de 12 de febrero de 2003 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid en el juicio de faltas nº 1812/2002; habiendo sido partes, de un lado como apelante Santiago , y de otro como apelados el Ministerio Fiscal, y Jesús Manuel .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción en el procedimiento citado dictó sentencia cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva dicen:

HECHOS

PROBADOS: Ha resultado probado y así se declara que sobre las 19:20 horas del día 20 de febrero de 2002 en el rellano de la escalera del piso tercero de la vivienda sita en la CALLE000 núm. NUM000 , de esta capital se produjo una discusión entre Jesús Manuel y Santiago cuando ambos iban a coger el ascensor. Consecuencia de la misma se produjo una agresión resultando Jesús Manuel con lesiones consistentes en contusiones múltiples, eritemas en ambas mejillas y pabellones auriculares y crisis nerviosa y para cuya curación precisó dos días no impeditivos y resultando fracturadas las gafas que portaba."

FALLO

Que debo condenar y condeno a Santiago , como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de 1 mes de multa a razón de 1,21 Euros/día, (en total 36,30 Euros) con 15 días de responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago, debiendo indemnizar a Jesús Manuel en la cuantía de 60 euros y por los daños causados en las gafas que se determinarán en ejecución de Sentencia. Y pago de las costas procesales causadas en esta instancia."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por Santiago se interpuso recurso de apelación, alegando vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, interesando su libre absolución.

TERCERO

Admitido en ambos efectos el recurso, y previo traslado del mismo a las demás partes, trámite en el que fue impugnado por Jesús Manuel , no haciendo alegaciones el Fiscal, se elevaron los autos originales a este Tribunal, formándose el oportuno rollo de Sala, y señalándose el día de hoy para su resolución.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan los contenidos en la sentencia de instancia.

...

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