SAP Jaén 247/2000, 17 de Mayo de 2000

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2000:912
Número de Recurso26/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución247/2000
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 247

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera

Dª. Lourdes Molina Romero

En la ciudad de Jaén, a Diecisiete de mayo de dos mil.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA seguidos en primera instancia con el nº 192 del año 1.998, por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, rollo de apelación de esta Audiencia nº 26 del año 2.000, a instancia de Caja Rural de Jaén, representado ante este Tribunal, como apelado, por la Procuradora Sra. Moya Mir y defendido por el Letrado Sr. Fernández Gomar, contra Mercantil Yantar El Carmen S.L., representado ante el Tribunal, como apelante por la Procuradora Sra. Romero Martín y defendido por el Letrado Sr. Palacios Muñoz y contra el Ministerio Fiscal como apelado.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, con fecha 17 de noviembre de 1.999 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: " (fue estimando la pretensión deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Mola Tallada en nombre y representación de Caja Rural de Jaén, Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito, debo declarar y declaro E a titularidad de la misma sobre la letra de cambio de la clase 6ª, Nº 0 D 1226549, por importe de 824.820 pesetas, librada el 27 de noviembre de 1997, con fecha de vencimiento 30 de diciembre de 1997, y aceptada por Yantar El Carmen S.A. representada por la Procuradora Sra. Cátedra Rascón, a quien se imponen las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por la mercantil demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos ante este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrará el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 15 de mayo de 2.000, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante larevocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con sus pretensiones, con imposición de costas ala otra parte, y por los apelados se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas ala parte contraria por sus propios fundamentos.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada dª. Mª Jesús Jurado Cabrera.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte promotora del procedimiento del que deriva el presente recurso acciona bajo la legitimación que estima le incumbe como legítima...

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