SAP Barcelona 219/2007, 9 de Marzo de 2007

PonenteFERNANDO PEREZ MAIQUEZ
ECLIES:APB:2007:1127
Número de Recurso761/2006
ProcedimientoApelación penales rápidos
Número de Resolución219/2007
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 20ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN VEINTE

ROLLO Nº 761/06

P. A. Nº 300/06

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE TERRASSA

S E N T E N C I A N ú m. 219/2007

Ilmos. Sres.

D. FERNANDO PÉREZ MAIQUEZ

D. FRANCISCO ORTI PONTE

Dª. Mª DE LA CONCEPCIÓN SOTORRA CAMPODARVE

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de febrero de dos mil siete.

VISTO, en nombre de S. M. el Rey, ante esta Sección Vigésima de la Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal nº 761/06, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el día 20 de septiembre de 2006 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Terrassa en el Procedimiento Abreviado nº 300/06, seguido por un delito de malos tratatos contra Raúl ; siendo parte apelante Raúl representado y dirigido por la Letrada Dª. CRISTINA GÓMEZ ARROYO; siendo parte apelada el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. D. FERNANDO PÉREZ MAIQUEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Terrassa con fecha 20 de septiembre de 2006 se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado del margen, en cuya parte dispositiva textualmente se dice:"FALLO: Que debo CONDENAR Y CONDENO A Raúl como autor de un delito ya definido de malos tratos, sin la concurrencia de la circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a 6 meses de prisión y al pago de las costas procesales; con prohibición de acercarse o comunicarse con Soledad en cualquier forma, tiempo y lugar durante 1 año y 6 meses, y prohibición al derecho de tenencia y porte de armas durante dos años; siéndole de abono para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa de no haberle servido para extinguir otras responsabilidades lo que se acreditará en ejecución de sentencia. Procédase, una vez firme la presente resolución, a la sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión del penado del territorio español, al que no podrá regresar en un plazo de 10 años.".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Raúl ; y una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo a las demás partes para que por el término legal formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado con el resultado que consta en las actuaciones, siendo éstas remitidas con posterioridad a esta Sección de la Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidas, se señaló día y hora para la deliberación y votación del recurso en el que la parte apelante solicitó la revocación de la sentencia apelada y se dicte otra en la que se absuelva al recurrente del delito de malos tratos en el ámbito familiar de que fue acusado; Dicho recurso fue impugnado por la representación procesal de Soledad, que solicitó la confirmación de la sentencia recurrida por sus propios fundamentos quedando finalmente los autos vistos para sentencia.

CUARTO

La fecha indicada en la sentencia corresponde con la de la deliberación

PRIMERO

Se admiten y dan por reproducidos los hechos declarados probados en la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten y dan por reproducidos en esta alzada los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Si bien el recurso de apelación...

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