SAP Madrid 191/2008, 16 de Abril de 2008

PonenteRAMON RUIZ JIMENEZ
ECLIES:APM:2008:5383
Número de Recurso223/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución191/2008
Fecha de Resolución16 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00191/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7003564 /2008

ROLLO: RECURSO DE APELACION 223 /2008

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 625 /2005

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de MADRID

Apelante/s: ANGELO COSTA SPAIN S.A.

Procurador: MARIA BELEN CASINO GONZALEZ

Apelado/s: EN PRODUCCION CAMPAÑAS CREATIVAS S.L.

Procurador: ELISA ZABIA DE LA MATA

SENTENCIA Nº 191

Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, dieciséis de Abril de dos mil ocho.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al

margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario nº 625/05, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº

3 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 223/08, en el que han sido partes, como apelante ANGELO

COSTA SPAIN, S.A., que estuvo representado por la Procuradora Dña. Maria Belén Casino González; y de otra, como apelado

EN PRODUCCIÓN CAMPAÑAS CREATIVAS S.L., que vino al litigio representada por la Procuradora Dña. Elisa Zabia de la

Mata.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha catorce de Junio de 2.006, el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales DÑA. ELISA ZABIA DE LA MATA en nombre y representación de "EN PRODUCCIÓN CAMPAÑAS CREATIVAS, S.L." debo declarar y declaro la existencia de incumplimiento contractual por parte de la entidad demandada ANGELO COSTA SPAIN, S.L. y, asimismo, debo condenar y condeno a ANGELO COSTA SPAIN, S.L. a abonar a la actora la suma de SESENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y CINCO EUROS CON SEIS CENTIMOS (65.045, 06 euros) con el interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda, absolviendo a la demandada de las restantes pretensiones de la actora, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, y asimismo que desestimando la demanda reconvencional formulada por la Procuradora de los Tribunales DÑA. MARIA BELEN CASINO GONZALEZ en nombre y representación de ANGELO COSTA SPAIN, S.L. debo absolver y absuelvo a "EN PRODUCCIÓN CAMPAÑAS CREATIVAS, S.L." de las pretensiones de la reconventora con imposición a ésta última de las costas derivadas de la demanda reconvencional."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de ANGELO COSTA SPAIN S.A., que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación y votación tuvo lugar en el día de ayer, observándose las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

Recordar que el demandante reclamaba en función de los trabajos realizados para ANGELO COSTA SPAIN S.L.; el demandado negaba la ejecución de los trabajos e inexistencia de presupuesto además de plantear que la persona que los encargaba, don Benedicto carecía de poder bastante. A través de la reconvención en relación con la devolución de las plantillas, por importe de 6.548, 28 euros, se reclamaba dicha suma. La sentencia hace un estudio de la actividad probatoria y estima en parte la demanda, condenado a la demandada al pago de 65.045, 06 euros. Desestima la demanda reconvencional al tratarse de un tercero ajeno al proceso quien no devolvió las plantillas cuyo importe reclama.

SEGUNDO

El primer aspecto de la discrepancia con la sentencia, nace para el apelante, demandado inicial en la no aceptación de los presupuestos, pero lo cierto es que la...

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