SAP Madrid 191/2008, 16 de Abril de 2008
Ponente | RAMON RUIZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APM:2008:5383 |
Número de Recurso | 223/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 191/2008 |
Fecha de Resolución | 16 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00191/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7003564 /2008
ROLLO: RECURSO DE APELACION 223 /2008
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 625 /2005
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de MADRID
Apelante/s: ANGELO COSTA SPAIN S.A.
Procurador: MARIA BELEN CASINO GONZALEZ
Apelado/s: EN PRODUCCION CAMPAÑAS CREATIVAS S.L.
Procurador: ELISA ZABIA DE LA MATA
SENTENCIA Nº 191
Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, dieciséis de Abril de dos mil ocho.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al
margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario nº 625/05, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº
3 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 223/08, en el que han sido partes, como apelante ANGELO
COSTA SPAIN, S.A., que estuvo representado por la Procuradora Dña. Maria Belén Casino González; y de otra, como apelado
EN PRODUCCIÓN CAMPAÑAS CREATIVAS S.L., que vino al litigio representada por la Procuradora Dña. Elisa Zabia de la
Mata.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha catorce de Junio de 2.006, el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales DÑA. ELISA ZABIA DE LA MATA en nombre y representación de "EN PRODUCCIÓN CAMPAÑAS CREATIVAS, S.L." debo declarar y declaro la existencia de incumplimiento contractual por parte de la entidad demandada ANGELO COSTA SPAIN, S.L. y, asimismo, debo condenar y condeno a ANGELO COSTA SPAIN, S.L. a abonar a la actora la suma de SESENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y CINCO EUROS CON SEIS CENTIMOS (65.045, 06 euros) con el interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda, absolviendo a la demandada de las restantes pretensiones de la actora, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, y asimismo que desestimando la demanda reconvencional formulada por la Procuradora de los Tribunales DÑA. MARIA BELEN CASINO GONZALEZ en nombre y representación de ANGELO COSTA SPAIN, S.L. debo absolver y absuelvo a "EN PRODUCCIÓN CAMPAÑAS CREATIVAS, S.L." de las pretensiones de la reconventora con imposición a ésta última de las costas derivadas de la demanda reconvencional."
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de ANGELO COSTA SPAIN S.A., que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación y votación tuvo lugar en el día de ayer, observándose las prescripciones legales.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y
Recordar que el demandante reclamaba en función de los trabajos realizados para ANGELO COSTA SPAIN S.L.; el demandado negaba la ejecución de los trabajos e inexistencia de presupuesto además de plantear que la persona que los encargaba, don Benedicto carecía de poder bastante. A través de la reconvención en relación con la devolución de las plantillas, por importe de 6.548, 28 euros, se reclamaba dicha suma. La sentencia hace un estudio de la actividad probatoria y estima en parte la demanda, condenado a la demandada al pago de 65.045, 06 euros. Desestima la demanda reconvencional al tratarse de un tercero ajeno al proceso quien no devolvió las plantillas cuyo importe reclama.
El primer aspecto de la discrepancia con la sentencia, nace para el apelante, demandado inicial en la no aceptación de los presupuestos, pero lo cierto es que la...
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