SAP Segovia 52/2006, 16 de Marzo de 2006

PonenteIGNACIO PANDO ECHEVARRIA
ECLIES:APSG:2006:84
Número de Recurso92/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución52/2006
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

ANDRES PALOMO DEL ARCOIGNACIO PANDO ECHEVARRIAGONZALO CRIADO DEL REY TREMPS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00052/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION UNICA

SEGOVIA

S E N T E N C I A Nº 52 / 2006

C I V I L

Recurso de apelación

Número 92 Año 2006

VERBAL

Número 376 Año 2005

Juzgado de 1ª Instancia

SEGOVIA Nº 3

En la Ciudad de Segovia, a dieciséis de marzo de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. Dº Andrés Palomo del Arco, Presidente, Dº Ignacio Pando Echevarria Presidente y D. Gonzalo Criado del Rey Tremps, Magistrados, han visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de D ª . Encarna, mayor de edad, con domicilio en la localidad de San Cristobal (Segovia), CALLE000, nº NUM000, Dº Carlos José, mayor de edad, con domicilio en Segovia, CALLE001, NUM001- NUM002NUM003, Dº Valentín, mayor de edad con domicilio en la localidad de San Cristóbal (Segovia), CALLE002, nº NUM004, Dª Paloma, mayor de edad, con domcilio en la localidad de San Cristóbal (Segovia), CARRETERA000, NUM005, NUM002, Dº Cesar, mayor de edad, con domicilio en la localidad de San Cristóbal de Segovia (Segovia), CARRETERA000, NUM005, NUM006, Dª Antonieta, mayor de edad, con domicilio en la localidad de Palazuelos de Eresma, TRAVESIA000, NUM006, Dº Cosme, mayor de edad, con domicilio en Segovia, CALLE003, nº NUM007, contra los herederos de D. Gregorio, sus hijos D. Isidro , Dº Beatriz, Dº Cornelio, Dº Pedro Enrique, Dº Carlos Francisco y la viuda Dº Mónica, vecinos todos de la localidad de San Cristóbal de Segovia (Segovia), sobre juicio verbal de retener o recobrar la posesión, en virtud de recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como parte apelante, la demandada, representada por la Procuradora Sra. De Frutos García, y defendida por el Letrado Sr. Martín Merino y como apelado, la demandante, representada por la Procuradora Sra. Escorial de Frutos, y defendida por el Letrado Sr. Monedero de Frutos; y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ignacio Pando Echevarria y establece lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia de los de Segovia, nº 3; con fecha treinta de noviembre de dos mil cinco, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva establece: "FALLO: Que estimando en parte la demanda formulada por la Procuradora doña Belén Escorial de Frutos. Condeno a los demandaos a reponer de inmediato a los actores en la posesión de la finca de la que han sido desposeídos. Sin hacer especial imposición sobre las costas "

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de la parte demandada se anunció la preparación del recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil , dándose traslado a la adversa, y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo, habiéndose opuesto al recurso y a su vez impugnado la sentencia, tras lo cual se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado este rollo, se señaló fecha para la deliberación y fallo de dicho por la Sala, y llevado a cabo quedaron las actuaciones conclusas para resolver.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone en esta alzada recurso de apelación por la parte demandada contra la sentencia dictada en la instancia, que estimando la demanda de protección posesoria, condenaba a los demandados a reponer a los actores en la posesión de la finca cuya desposesión reclamaban, desestimando a su vez la reclamación de daños y perjuicios ejercitada por la actora, sin hacer imposición expresa de costas.

Como motivos del recurso se alegan en primer lugar la falta de legitimación activa de los actores, tanto ad causam como ad processum; en segundo se discute la cuantía del pleito; y en tercero se alega la existencia de error en la valoración de la prueba, al considerar que no ha quedado probada la posesión previa de los actores sobre la finca ocupada por el demandado, motivo éste que tiene una relación directa con la alegación de falta de legitimación ad causam expuesta en primer lugar. Finalmente se alega la falta de prueba de daños o perjuicios.

Por su parte el demandante impugna la sentencia en relación con dos pronunciamientos, la desestimación dela acción de daños y perjuicios y devolución de los frutos obtenidos y con ello la no imposición de las costas de la instancia al demandado.

SEGUNDO

En cuanto a la falta de legitimación como excepción procesal propiamente dicha, la parte sostiene, como hizo en la contestación a la demanda y fue desestimado por el juez de instancia, que los actores no han acreditado en forma alguna su carácter de herederos de D. Guillermo, persona que habría detentado la posesión y a nombre de quien figura catastrada la finca.

Es verdad que los actores, hijos y viuda de D. Guillermo, no han acreditado la aceptación ni mucho menos la partición de la herencia de su finado padre y esposo, por lo que entiende la parte que falta este requisito de legitimación.

Pero con este argumento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Rreferencias a las decisiones y sentencias examinadas (relación cronológica)
    • España
    • Tutela sumaria de la posesión (interdicto de recobrar)
    • 6 Septiembre 2014
    ...enero de 2006 SAP La Coruña de 9 de febrero de 2006; SAP Valencia de 16 de febrero de 2006; SAP Sevilla de 15 de marzo de 2006; SAP Segovia de 16 de marzo de 2006, SAP Las Palmas de 24 de marzo de 2006. SAP Toledo de 26 de marzo de 2006,; SAP Cuenca de 8 de mayo de 2006, SAP Cádiz de 16 de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR