SAP León 133/2006, 31 de Mayo de 2006

PonenteANTONIO MUÑIZ DIEZ
ECLIES:APLE:2006:652
Número de Recurso99/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución133/2006
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZMANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIOTEODORO GONZALEZ SANDOVALANTONIO MUÑIZ DIEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00133/2006

Apelación Civil Núm. 99/06

Procedimiento Ordinario Núm. 544/02

Juzgado de 1ª Instancia Núm. 3 de Ponferrada

S E N T E N C I A Núm. 133/2006

ILMOS. SRES.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. TEODORO GONZALEZ SANDOVAL Magistrado

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ Magistrado

En León, a treinta y uno de mayo de dos mil seis.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante, COMERCIAL FICO, S.L., representada por el Procurador D. Abel María Fernández Martínez y defendía por el Letrado D. Pablo Soto Rodríguez, y PAVIMENTOS MIGUEL FUCIÑOS, S.L., representados por la Procuradora Dña. Lourdes Crespo Toral y defendidos por la Letrada Dña. Susana Arias González, y como apelada, UNILIN DECOR NV, representada por la Procuradora Dña. María Cristina Muñiz- Alique Iglesias y defendida por la Letrada Dña. María Teresa Carabias Sánchez, actuando como Ponente para éste trámite el Ilmo. Sr. D. Antonio Muñiz Díez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 12 de julio de 2005 , cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: ESTIMAR la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fernández Bello en nombre y representación de la entidad PAVIMENTOS MIGUEL FUCIÑOS S.L. contra la entidad COMERCIAL FICO S.L., debiendo CONDENAR a ésta a pagar a la actora la cantidad de TRES MIL SETENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y UN CENTIMOS (3.076,31 euros), importe facturado de la partida de pavimento suministrada e impagada. Esta cantidad devengará intereses de demora desde la fecha de vencimiento de la factura el 29 de mayo de 2001 y hasta su completo pago. En cuanto a las costas causadas a la entidad actora las mismas se imponen a la mercantil condenada.- DESESTIMAR la procedencia de la COMPENSACIÓN DE CREDITOS pretendida por la mercantil COMERCIAL FICO S.L. contra las mercantiles PAVIMENTOS FUCIÑOS S.L. y UNILIN DECOR NV, debiendo ABSOLVER a estas de los pedimentos pretendidos de contrario. Las costas causadas a la entidad UNILIN DECOR NV se imponen a la entidad PAVIMENTOS MIGUEL FUCIÑO S.L..".

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia, se interpuso recurso de apelación por las partes apelantes ante el Juzgado, y dado traslado a la otra parte, por esta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la fecha de deliberación el pasado día 29 de mayo de 2006.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda instauradora del presente litigio, seguido por los trámites del juicio ordinario, la parte actora, la entidad mercantil "Pavimentos Miguel Fuciños, S.L." solicitaba que se dicte sentencia por la que se declare que la demandada, la también mercantil "Comercial Fico, S.L.", le adeuda la cantidad de 3.076,31 ¤, más los intereses legales correspondientes. Fundamenta su pretensión afirmando que a petición de la demandada y en el ejercicio de su actividad comercial suministró a la misma, en el mes de marzo de 2001, una partida de pavimento por la que emitió factura núm. 2001/217, por el importe ahora reclamado, estableciendo como fecha para el pago el día 29 de mayo de 2001, y sin que llegado este fuera satisfecha por la demandada. Señala, en consecuencia, que la demandada le ha encargado mercancía, por un valor de 3.076,31 ¤, que no ha satisfecho, motivo por el que se reclama la expresada suma.

La demandada en la contestación de la demanda se opuso a la reclamación formulada en la demanda, alegando la existencia de crédito compensable, y dado traslado a la actora para formular alegaciones sobre la compensación se opuso a la misma.

A solicitud de la actora por Auto de 5 de marzo de 2003 se acordó dar intervención en el procedimiento a "Unilin Decor NV" en calidad semejante a la de la demandada, la que compareció y se opuso a la demanda.

La sentencia dictada en primera instancia estima la demanda y contra la misma se interpone recurso de apelación por la demandada "Comercial Fico, S.L." y por la actora "Pavimentos Miguel Fuciños, S.L.", limitado este último al pronunciamiento en que se le imponen las costas causadas a "Unilin Decor NV".

SEGUNDO

La demandada, la entidad mercantil "Comercial Fico, S.L.", reconoce como...

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